Presidencia de la Nación

COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR


Comisión Nacional de Transporte Automotor

TRANSPORTE DE CARGA

Resolución 1394/95

Apruébase el sistema de identificación de unidades afectadas al transporte Interjurisdiccional e Internacional de Cargas.

Bs. As. 9/11/95

VISTO el expediente N E. 018284/95 del Registro de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N 1494 de fecha 20 de agosto de 1992, se establece la obligación de inscripción en el Registro Nacional de Transporte de Cargas como requisito previo a prestar el servicio, a toda empresa que realice transporte Interjurisdiccional e Internacional de Cargas.

Que a efectos de la inscripción, las empresas deberán registrar la información atinente a la empresa, ya sea persona física o jurídica, así como también el detalle de los vehículos afectados al servicio.

Que como consecuencia de lo expuesto resulta necesario instituir un sistema de identificación de las unidades, que habiendo cumplimentado con la normativa aplicable a la materia, se encuentran inscriptas en el Registro más arriba mencionado.

Que de la evaluación efectuada, se ha considerado el sistema de placas y cédulas de identificación como el medio más eficaz para facilitar la individualización y fiscalización de las unidades que se encuentran sometidas a la Jurisdicción Nacional.

Que asimismo resulta conveniente Instrumentar un sistema descentralizado de distribución que facilite la recepción de los medios de Identificación por parte de las empresas operadoras.

Que a tal fin, el convenio suscripto por la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES, cuenta con el marco adecuado para la descentralización, ya que brinda la posibilidad de federalización, dada a través del vínculo establecido con diversas Facultades de todo el país.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 inciso d) de la ley N 19.549.

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto N 104 del 26 de enero de 1993

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION

NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

RESUELVE:

Artículo 1 - Apruébase el sistema de identificación de unidades afectadas al transporte Interjurisdiccional e Internacional de Cargas, que consistirá en una placa de identificación, con su correspondiente cédula, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución, como constancia de inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE DE CARGA POR AUTOMOTOR.

Art. 2 - La placa y cédula de identificación serán expedidas por la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR.

Art. 3 - La cédula mencionada en el artículo anterior tendrá una vigencia de DOCE (12) meses, a contar de su expedición, siendo renovable con la constancia de poseer el control técnico vehicular vigente y la acreditación de haber cumplimentado la contratación de los seguros obligatorios.

Art. 4 - La placa de identificación tendrá vigencia hasta tanto se opere la baja de la unidad de la empresa a la cual fuera asignada, en cuyo caso deberá integrarse a la GERENCIA DE TRANSPORTE DE CARGAS de la COMISION NACIONAL DE TRANSPORTE AUTOMOTOR.

Art. 5 - La implementación de lo normado en la presente, se realizará a través del CENTRO DE ASISTENCIA DE LAS CIENCIAS ECONOMICAS AL TRANSPORTE AUTOMOTOR

Art. 6 - Comuníquese a las entidades representativas del transporte automotor de cargas.

Art.7 - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Elio C. Cipolatti Jorge P Sendomir.

ANEXO I a la Resolución Co.N.T.A. N 1394/95

MODELO DE PLACA DE IDENTIFICACION

INSERTAR CUADRO 1394

CARACTERISTICAS: Las placas se confeccionarán en aluminio Fondo color amarillo con letras y números en color negro.

MODELO DE CEDULA

ANVERSO


                                                             LOGOTIPO                                                                 Co.N.T.A                                                       REGISTRO NACIONAL DE TRANSPORTE DE CARGA                                  POR AUTOMOTOR                                                                              IDENTIFICACION DEL VEHICULO                                                                                           DOMINIO N° ---------------------                           MARCA------------------------- MODELO ---------------                                                                 PLACA N  -------------------                                                                                          EMPRESA:                                                   ------------------------------------------------- N°C      ---------------------------------                                                                                                                                                   VECIMIENTO:                             ----------                                                FIRMA Y SELLO           

REVERSO


                                                            REPUBLICA ARGENTINA                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                LA PRESENTE IDENTIFICACION DEBE PORTARSE OBLIGATORIMENTE   A BORDO DEL VEHICULO.                                                                                                   

Las cédulas estarán impresas en papel de seguridad, con el fondo filigranado con el logotipo de la Comisión Nacional de Transporte Automotor.

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