Presidencia de la Nación

Resolución 139 / 2016

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Decreto 543 / 2016

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 01-Abr-2016 Descripción
PORCENTAJE OBLIGATORIO DE BIOETANOL. ABASTECIMIENTO.

INSTRUYESE AL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA A INCREMENTAR, A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2016, DE DIEZ POR CIENTO (10%) A DOCE POR CIENTO (12%), EN VOLUMEN, EL PORCENTAJE OBLIGATORIO DE BIOETANOL EN SU MEZCLA CON LAS NAFTAS DE USO AUTOMOTOR A COMERCIALIZARSE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EN EL MARCO DE LAS LEYES NROS. 26.093 Y 26.334, DISTRIBUYENDOSE EL VOLUMEN DE BIOETANOL EQUIVALENTE A DICHO INCREMENTO EXCLUSIVAMENTE ENTRE LAS EMPRESAS DEL SECTOR SUCRO ALCOHOLERO DEL NOROESTE ARGENTINO, CONFORME EL CRITERIO QUE AQUEL CONSIDERE PERTINENTE PARA ATENDER DE LA MEJOR MANERA LAS NECESIDADES DEL MISMO.

Volver
Scroll hacia arriba