SANIDAD ANIMAL
PROHIBESE EL USO DE PROTEINAS DE ORIGEN ANIMAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Ene-2005
Resumen:
PROHIBESE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL EL USO DE PROTEINAS DE ORIGEN ANIMAL, EXCEPTO LAS QUE CONTIENEN PROTEINAS LACTEAS, HARINAS DE PESCADO, HARINAS DE HUEVO Y HARINAS DE PLUMAS, PARA LA ADMINISTRACION CON FINES ALIMENTICIOS O SUPLEMENTARIOS A ANIMALES RUMIANTES. ASIMISMO SE PROHIBE EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL LA UTILIZACION DE CAMA DE POLLO Y/O RESIDUOS DE LA CRIA DE AVES, EN LA ALIMENTACION DE ANIMALES.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 18 DE LA RESOLUCION N° 594/2015 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA B.O. 4/12/2015, PAG. 71.