SALARIOS
TRABAJADORES A DOMICILIO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
31-Mar-1982
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS TARIFAS Y REMUNERACIONES PARA TRABAJADORES Y TALLERISTAS A DOMICILIO REGIDO POR LA LEY 12713, SERAN A PARTIR DEL 1/1/82 LAS MISMAS QUE LAS VIGENTES PARA EL MES DE DICIEMBRE DE 1981.