PROYECTOS NO INDUSTRIALES
GOBIERNOS PROVINCIALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Oct-1998
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS GOBIERNOS PROVINCIALES REGLAMENTARAN EL MECANISMO DE CONTROL QUE PERMITA VERIFICAR LA EFECTIVA APLICACION DEL CAPITAL PROPIO SUJETO A BENEFICIO PROMOCIONAL A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 1° DEL DECRETO N° 1232/96, A LOS FINES PREVISTOS EN EL ARTICULO 9° DEL DECRETO N° 494/97.