ARANCELES
Resolución 13/2010
Bs. As., 19/4/2010
VISTO el expediente Nº 1-2002-4638000387/09-7, las Leyes Nº 25.392 de creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas y Nº 24.193 de Trasplante de Organos y Tejidos, el Decreto Nº 512/95 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 25.392 se instituye al INCUCAI como autoridad de aplicación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH), encontrándose facultado para el dictado de las normas que regulen su funcionamiento.
Que el artículo 4º del referido texto legal, establece la facultad de intercambiar información con todos aquellos países que tengan registros similares, a efectos de dar una mejor, más amplia y rápida cobertura a aquellos pacientes que la requieran.
Que el citado Registro Nacional se encuentra integrado a la red internacional denominada Bone Marrow Donors Worldwide, que reúne en su seno a todos aquellos registros constituidos en distintos países del mundo.
Que los procedimientos de búsqueda de donante no emparentado; procuración de CPH provenientes de la médula ósea o sangre periférica y procuración de linfocitos para infusión, tienen un costo operativo que incluye la realización de estudios de histocompatibilidad, de enfermedades infecciosas, exámenes médicos, internación del donante para la procuración de las células, procedimientos de aféresis cuando correspondan y el transporte internacional de las células a trasplantar.
Que es facultad del Ministerio de Salud, fijar los valores arancelarios de procuración de órganos, y tejidos, como así también los procedimientos relacionados a la procuración de células progenitoras hematopoyéticas.
Que, en consecuencia, corresponde aprobar ad referéndum del Ministerio de Salud, los distintos valores arancelarios de las prácticas mencionadas, que soliciten determinados registros o entidades extranjeras ante el Registro Nacional de Donantes de CPH.
Que el Departamento de Asuntos Jurídicos, la Dirección de Administración y la Dirección del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas han tomado la intervención de su competencia.
Que quienes suscriben la presente, son competentes para resolver en esta instancia en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 44 inciso a) de la Ley Nº 24.193.
Que la presente medida ha sido considerada y aprobada en reunión de Directorio del día 19 ENE 2010, conforme surge del texto del Acta Nº 02.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébanse, ad referéndum del Ministerio de Salud, los valores arancelarios para la facturación de los procedimientos de búsqueda de donante no emparentado; procuración de CPH provenientes de la médula ósea o sangre periférica y procuración de linfocitos para infusión, que soliciten los registros o entidades pertenecientes a los países de América del Norte; Europa; Asia y Africa ante el Registro Nacional de Donantes de CPH, conforme los módulos previstos en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2º — Exímase, por razones de reciprocidad, del pago del gasto de activación formal de la búsqueda, a aquellos registros del exterior que tampoco lo requieran.
ARTICULO 3º — Regístrese. Comuníquese. Elévense las actuaciones al Ministerio de Salud y archívese. — Carlos A. Soratti.
ANEXO I
VALORES ARANCELARIOS PARA LA FACTURACION DE LOS PROCEDIMIENTOS DE BUSQUEDA DE DONANTE- NO EMPARENTADO; PROCURACION CPH PROVENIENTES DE LA MEDULA OSEA O SANGRE PERIFERICA Y PROCURACION DE LINFOCITOS PARA INFUSION, QUE SOLICITEN LOS REGISTROS O ENTIDADES PERTENECIENTES A LOS PAISES DE AMERICA DEL NORTE; EUROPA; ASIA Y AFRICA ANTE EL REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CPH:
1.- Activación Formal | US$ 200 |
2.- Estudios del Sistema HLA
Loci | Resolución/Método | Costo |
HLA-A | DNA / Alta Resolución | US$ 350 |
HLA-B | DNA / Alta Resolución | US$ 450 |
HLA-C | DNA / Alta Resolución | US$ 450 |
HLA-A | DNA / Int. Resolución | US$ 200 |
HLA-B | DNA / Int. Resolución | US$ 250 |
HLA-C | DNA / Int. Resolución | US$ 250 |
HLA-A-B-C | DNA / Int. Resolución | US$ 550 |
DRB1 | DNA / Alta Resolución | US$ 450 |
DRB1 | DNA / Int. Resolución | US$ 300 |
DRB1 | DNA / Baja Resolución | US$ 200 |
DQB1 | DNA / Alta Resolución | US$ 200 |
DQB1 | DNA / Int. Resolución | US$ 200 |
3.- Colecta de muestra de sangre | US$ 50 |
4.- Transporte de la muestra de sangre | US$ 100 |
5.- Envío al exterior de la muestra de sangre | US$ 120 |
6.- Estudio de Enfermedades Infecciosas | US$ 200 |
7.- Colecta de CPH - Células Progenitoras Hematopoyéticas | |
a) De la Médula ósea | US$ 17.500 |
b) De la Sangre periférica | US$ 17.500 |
8.- Procuración de Linfocitos sin estímulo | US$ 4.500 |
9.- Procuración de una unidad de sangre autóloga | US$ 200 |
10.- Cancelación de la Procuración de CPH |
|
Durante el estudio del donante | US$ 1.750 |
11.- Cancelación de la procuración de Linfocitos Durante el estudio del donante | US$ 450 |