LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO
Resolución Nº 13/2009
Bs. As., 10/2/2009
VISTO las Resoluciones Nº 195/97, 256/98, 243/01, 114/06 y 52/08 y el Expediente Nº 371.073/09, y
CONSIDERANDO:
Que por el acto resolutivo citado en primer término se aprobó el Reglamento de Compras y Contrataciones actualmente vigente, habiendo sido el mismo modificado por las resoluciones mencionadas en segundo y tercer término.
Que por Resolución Nº 114/06 se adecuó el Reglamento de Compras y Contrataciones de modo que las contrataciones puedan ser gestionadas en forma ágil, facilitando la eficiencia y eficacia de los procedimientos contractuales.
Que por el mismo acto se ha regulado la intervención de la Unidad de Preadjudicaciones, así como también la actualización de los procedimientos y los montos de las contrataciones según lo establecido en la Resolución Nº 195/97.
Que por Resolución Nº 52/08 se modificó el art. 6º de la Resolución Nº 114/06, estableciéndose la intervención previa y obligatoria de la Unidad de Preadjudicaciones en todas las contrataciones que superen la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000,00).
Que a fin de lograr mayor eficacia y celeridad en la gestión de compras y contrataciones, deviene necesario actualizar dicho monto a fin de ampliar la incumbencia de la GERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES en la tramitación y en el análisis de las Contrataciones Directas con el objetivo de agilizar el proceso de gestión de compras.
Que las GERENCIAS DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y de ASUNTOS JURIDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 598/90.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — DEROGUESE la Resolución Nº 52/08, e incorpórase como último párrafo del artículo 6º de la Resolución Nº 195/97, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"En todas aquellas contrataciones que superen la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 75.000,00) tendrá intervención obligatoria la Unidad de Preadjudicaciones a los fines de la consideración y análisis de las propuestas recibidas, debiendo emitir juicios sobre ellas y proyectar la adjudicación".
ARTICULO 2º — La presente tendrá vigencia en los trámites que se inicien a partir del dictado del presente acto resolutivo, como así también para aquellos que han sido iniciados y aún no se hubiere definido el tipo de contratación a realizar.
ARTICULO 3º — Por la SECRETARIA GENERAL regístrese, protocolícese y publíquese en Orden del Día y en el Boletín Oficial de la República Argentina. Tomen conocimiento la GERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, DE ADMINISTRACION, DE ASUNTOS JURIDICOS, DE RECURSOS HUMANOS, DE PROMOCIONES Y COLECTAS, DE FISCALIZACION, DE MERCADO Y JUEGOS, TECNICA, DE SISTEMAS, SUBGERENCIA DE SUMARIOS, ORGANIZACION Y METODOS, la UNIDAD DE PREADJUDICACIONES y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA. Cumplido, por la GERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES archívese. — Dr. HERNAN A. DIEZ, Director, Lotería Nacional S.E. — Cdor. MARIO A. PRUDKIN, Director, Lotería Nacional S.E. — Dr. ANDRES CIMADEVILLA, Vicepresidente, Lotería Nacional S.E. — Cdor. ROBERTO ARMANDO LOPEZ, Presidente, Lotería Nacional S.E.
e. 18/02/2009 Nº 10069/09 v. 18/02/2009