TRANSPORTE FERROVIARIO
CENTRO DE ATENCION AL PASAJERO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Dic-2001
Resumen:
ESTABLECESE LA OBLIGATORIEDAD DE CONTAR CON UN CENTRO DE ATENCION AL PASAJERO Y UNA LINEA TELEFONICA GRATUITA DESTINADA A LA RECEPCION DE RECLAMOS Y SOLICITUDES DE INFORMES DE LOS USUARIOS, PARA LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS DE SUPERFICIE Y SUBTERRANEOS DEL AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.