TRABAJO AGRARIO
PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACION CONTINUA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
24-Ago-2021
Resumen:
FIJANSE LAS REMUNERACIONES MINIMAS DEL PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACION CONTINUA COMPRENDIDO EN EL REGIMEN DE TRABAJO AGRARIO, INSTITUIDO POR LA LEY Nº 26.727 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 301/13, PARA LAS CATEGORIAS ESTABLECIDAS EN LA RESOLUCION DE LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO N° 4 DE FECHA 16 DE JUNIO DE 1998, EN EL AMBITO DE TODO EL PAIS, CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO DE 2021, CONFORME SE DETALLA EN EL ANEXO I QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. ESTAS REMUNERACIONES SEGUIRAN SIENDO TRATADAS EXCLUSIVAMENTE EN EL AMBITO DE LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO.