Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA


MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

Resolución 122-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2017

VISTO el Expediente Nº S05:0016033/2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de 2016 del citado Ministerio y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 168 del 5 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, se aprobaron los valores de aranceles que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del citado Ministerio, percibe como contraprestación de los servicios realizados a terceros.

Que en el Anexo II de la mencionada Resolución Nº 168/16 y sus modificatorias, se estableció el monto actualizado del arancel correspondiente a la categoría de vehículos menores, conforme al Código N° 166.AD.

Que por el expediente citado en el Visto, el señor Intendente de la Municipalidad de Villarino, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la excepción del pago del mencionado arancel, previsto en la mentada Resolución Nº 168/16 y sus modificatorias, para todas aquellas personas que residen en ese distrito.

Que la exención del pago del arancel por desinsectación en la barrera zoofitosanitaria situada sobre la Ruta Nacional Nº 3, Kilómetro 714, se fundamenta en que causa un perjuicio económico a los vecinos de la Ciudad de Villarino, Provincia de BUENOS AIRES, que deben dirigirse a la Ciudad de Bahía Blanca, de dicha provincia.

Que dicha decisión no afecta la región patagónica protegida, ya que la eximición no alcanza a las medidas cuarentenarias aplicadas al ingreso de la región protegida.

Que, por ello, corresponde eximir de los costos por servicio arancelario que aplica el referido Servicio Nacional, a los residentes de la Ciudad de Villarino, Provincia de BUENOS AIRES; debiendo mantenerse el estatus sanitario de la región, sin ver afectado el derecho de circulación de los residentes de la citada ciudad.

Que, para dicha eximición, resulta necesario que el referido Servicio Nacional establezca un procedimiento técnico-administrativo para los vecinos del Municipio de Villarino, de la mentada provincia, que se verán afectados por la presente medida.

Que la Unidad Presidencia y la Dirección Nacional Técnica y Administrativa, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del citado Ministerio, han evaluado la posibilidad de excepción y se han expedido favorablemente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGROINDUSTRIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la excepción del pago de los aranceles correspondientes al Código N° 166.AD previsto en el Anexo de la Resolución N° 168 del 5 de mayo de 2016 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias para la categoría de vehículos menores de los habitantes de la Ciudad de Villarino, Provincia de BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 2°.- El SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, establecerá el procedimiento técnico-administrativo para la eximición del pago del arancel referido en el artículo precedente.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo Buryaile.

e. 18/05/2017 N° 32738/17 v. 18/05/2017
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