Presidencia de la Nación

Resolución Conjunta 12 / 2019

SECRETARIA DE FINANZAS

Resolución Conjunta 12 / 2019

SECRETARIA DE HACIENDA

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 24156

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 29-Oct-1992 Descripción
DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES DE LA ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL. SISTEMAS PRESUPUESTARIOS. TESORERIA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y DE CONTROL INTERNO Y EXTERNO. DISPOSICIONES VARIAS, PROMULGADA POR DEC. 1957 DEL 26-10-92 Y OBSERVADAPARCIALMENTE. LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO (AR. 1156). DIGESTO DE NORMAS DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL (AR. 1156 BIS).

Normativa / Número Resolución Conjunta-E 20 / 2016

SECRETARIA DE FINANZAS

Resolución Conjunta-E 20 / 2016

SECRETARIA DE HACIENDA

Fecha publicación 19-Oct-2016 Descripción
EMISION BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS - DISPONESE

DISPONESE LA EMISION DE LOS “BONOS DEL TESORO NACIONAL EN PESOS CON AJUSTE POR C.E.R. 2,25% VTO. 2020” (BONCER 2020), CUYA LEY APLICABLE ES LA DE LA REPUBLICA ARGENTINA, POR UN MONTO DE HASTA VALOR NOMINAL ORIGINAL PESOS VEINTE MIL MILLONES (V.N.O. $ 20.000.000.000), CON DETERMINADAS CONDICIONES FINANCIERAS.

Normativa / Número Ley 27467

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 04-Dic-2018 Descripción
PRESUPUESTOS DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL 2019

FIJASE EN LA SUMA DE PESOS CUATRO BILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO ($ 4.172.312.239.441) EL TOTAL DE LOS GASTOS CORRIENTES Y DE CAPITAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2019

Normativa / Número Resolución Conjunta 9 / 2019

SECRETARIA DE FINANZAS

Resolución Conjunta 9 / 2019

SECRETARIA DE HACIENDA

Fecha publicación 25-Ene-2019 Descripción
PROGRAMA DE CREADORES DE MERCADO - CREASE

APROBAR EL “PROGRAMA DE CREADORES DE MERCADO”, CUYO OBJETIVO PRINCIPAL SERA PERMITIR A LAS INSTITUCIONES QUE SEAN SELECCIONADAS PARTICIPAR SIGNIFICATIVAMENTE EN LA NEGOCIACION SECUNDARIA Y EN LA COLOCACION PRIMARIA DE LOS INSTRUMENTOS DE DEUDA PUBLICA (IDP), DE ACUERDO CON LOS REQUISITOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE SE ESTABLECEN EN EL ANEXO.

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