Presidencia de la Nación

Resolución 12 / 2003

SERVICIO NAC. DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA


SANIDAD ANIMAL

PORCINOS - CONTROL DE TRIQUINELOSIS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 06-Feb-2003
Resumen:

DISPONESE QUE TODOS LOS LABORATORIOS DE ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS QUE LLEVEN A CABO CONTROLES DE TRIQUINELOSIS EN CARNES PORCINAS O EQUINAS, Y LOS QUE SE INCORPOREN A LA ACTIVIDAD, DEBERAN REGISTRARSE OBLIGATORIAMENTE EN LA RED DE LABORATORIOS DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 29 DE LA RESOLUCION 1446/2024 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 13/12/2024, PAGINA 48. VIGENCIA: A PARTIR DE LA PUBLICACION EN B.O. DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

Scroll hacia arriba