MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
EMPRESAS ENCARGADAS DE REALIZAR MEZCLAS DE COMBUSTIBLES FOSILES CON BIODIESEL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Ene-2014
Resumen:
LAS EMPRESAS ENCARGADAS DE REALIZAR LAS MEZCLAS DE COMBUSTIBLES FOSILES CON BIODIESEL DEBERAN AGREGAR, A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2014, UNA PROPORCION DE BIODIESEL QUE NO PODRA SER INFERIOR AL NUEVE POR CIENTO (9%), MINIMO EN VOLUMEN, DE DICHO PRODUCTO EN LA MEZCLA FINAL CON EL COMBUSTIBLE FOSIL GASOIL QUE SE COMERCIALICE EN EL TERRITORIO NACIONAL, Y UN DIEZ POR CIENTO (10%), MINIMO EN VOLUMEN, A PARTIR DEL 1° DE FEBRERO DE 2014.