VITIVINICULTURA
ESTABLECIMIENTOS DE UVAS PROPIAS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
31-Dic-1992
Resumen:
PRESENTACION QUE DEBERAN EFECTUAR LOS ESTABLECIMIENTOS QUE INGRESEN UVAS PROPIAS, POR CUENTA DE TERCEROS Y/O ADQUIRIDAS, DESTINADAS A LA VINIFICACION O ELABORACION DE OTROS PRODUCTOS.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 9° DE LA RESOLUCION C 2/2010 DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, B.O. 19/01/2010, PAGINA 20.