Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Resolución Nº 1066/2013


Bs. As., 30/10/2013

VISTO el Expediente Nº S01:0261957/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 302 de fecha 26 de agosto de 2010 del mencionado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 302 de fecha 26 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA se creó en el ámbito del mencionado Organismo el Comité de Seguridad de la Información, el cual tiene entre sus funciones revisar y proponer al señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca para su aprobación la Política y las Funciones Generales en materia de Seguridad de la Información, de conformidad con las previsiones establecidas en la Disposición Nº 6 de fecha 3 de agosto de 2005, de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, modificada por su similar Nº 3 de fecha 27 de agosto de 2013 de la mencionada Oficina Nacional de la SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, por la que se aprueba la “Política de Seguridad de la Información Modelo”.

Que dicho Comité está conformado por DOS (2) Directores Generales o Nacionales por cada Secretaría dependiente del citado Ministerio, y por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA, a propuesta del titular de las mismas.

Que por Disposición Nº 168 de fecha 24 de septiembre de 2010 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del Ministerio se dio por conformado el Comité de Seguridad de la Información con los representantes de cada Secretaría dependiente del referido Ministerio y DOS (2) representantes por parte de la mencionada Subsecretaría.

Que luego de varias reuniones llevadas a cabo por el referido Comité, y teniendo en cuenta las pautas establecidas por la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, resulta imprescindible modificar la mencionada Resolución Nº 302/10, en lo referente, entre otras cosas, a la conformación del Comité.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el Artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y por la Decisión Administrativa Nº 669 de fecha 20 de diciembre de 2004.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyese el Artículo 2° de la Resolución Nº 302 de fecha 26 de agosto de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2°.- El Comité creado por el artículo precedente estará conformado por:

- UN (1) representante de la Dirección General de Recursos Humanos.

- UN (1) representante de la Dirección General de Administración.

- UN (1) representante de la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

- UN (1) representante de la Dirección de Informática.

- UN (1) representante de la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas.

- UN (1) representante de la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION INSTITUCIONAL.

- DOS (2) representantes de cada Secretaría del citado Ministerio con cargo no inferior a Director Nacional o General, a propuesta del titular de las mismas.

- UN (1) representante de la Coordinación de Seguridad Informática, Soporte y Capacitación a Usuarios dependiente de la mencionada Dirección de Informática, que actuará como Responsable de Seguridad Informática.

El señor Subsecretario de Coordinación Técnica y Administrativa, como coordinador, emitirá una disposición designando los miembros propuestos.”.

ARTICULO 2° — Establécese que el Comité sesionará DOS (2) veces por año en forma ordinaria, y cuando especiales circunstancias lo requieran en forma extraordinaria, a convocatoria del Coordinador.

ARTICULO 3° — Déjase sin efecto la Disposición Nº 168 de fecha 24 de septiembre de 2010 de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del mencionado Ministerio.

ARTICULO 4° — Establécese un plazo de TREINTA (30) días contados desde la publicación de la presente medida en el Boletín Oficial para que el Subsecretario de Coordinación Técnica y Administrativa, como Coordinador del Comité, emita una disposición designando los miembros propuestos.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO G. YAUHAR, Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.

e. 06/11/2013 Nº 88954/13 v. 06/11/2013
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