Resolución Conjunta 10 / 2021
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Conjunta 10 / 2021
MINISTERIO DE CULTURA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 24103
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 03-Ago-1992 |
Descripción
INCREMENTOSE INCREMENTA EL HABER DE LAS PENSIONES GRACIABLES EN EL PORCENTAJE QUE EL P.E DISPONGA PARA LOS MONTOS MINIMOS DEL REGIMEN DE PENSIONES PARA TRABAJADORES AUTONOMOS. PROMULGADA DE HECHO EL 23-7-92.
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Normativa / Número
Ley 27541
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 23-Dic-2019 |
Descripción
LEY DE SOLIDARIDAD SOCIAL Y REACTIVACION PRODUCTIVADECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, ADMINISTRATIVA, PREVISIONAL, TARIFARIA, ENERGETICA, SANITARIA Y SOCIAL, Y DELEGANSE EN EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, LAS FACULTADES COMPRENDIDAS EN LA PRESENTE LEY.
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Normativa / Número
Resolución 938 / 2020
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL |
Fecha publicación 13-Nov-2020 |
Descripción
PROGRAMA REPRO II - CREASECREASE EL “PROGRAMA REPRO II”, QUE CONSISTIRA EN UNA SUMA DINERARIA INDIVIDUAL Y FIJA A ABONAR A LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS, A CUENTA DEL PAGO DE LAS REMUNERACIONES A CARGO DE LOS EMPLEADORES Y LAS EMPLEADORAS ADHERIDOS AL PROGRAMA, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO SIGUIENTE.
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Normativa / Número
Resolución Conjunta 2 / 2021
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución Conjunta 2 / 2021MINISTERIO DE CULTURA |
Fecha publicación 10-Mar-2021 |
Descripción
SUMA DINERARIA DE CARACTER ADICIONAL Y COMPLEMENTARIAESTABLECESE UNA SUMA DINERARIA DE CARACTER ADICIONAL Y COMPLEMENTARIA A LA PREVISTA POR EL PROGRAMA “REPRO II” APROBADO POR LA RESOLUCION N° 938 DEL 12 DE NOVIEMBRE DE 2020 DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y SUS NORMAS REGLAMENTARIAS Y COMPLEMENTARIAS, A ABONAR A LOS TRABAJADORES Y LAS TRABAJADORAS DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES, DE ACUERDO A LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 2º DE LA PRESENTE MEDIDA.
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