Presidencia de la Nación

AGENCIA DE PLANIFICACION


AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

Resolución 1/2019

Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2019

VISTO el EX-2019-00000113-APLA-SG#APLA, el Marco Regulatorio aprobado por Ley Nº 26.221 y, su Decreto Reglamentario N° 763 de fecha 20 de junio de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 27 del Marco Regulatorio aprobado por Ley Nº 26.221 establece que la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA) deberá asegurar en la proyección de las obras la calidad de los servicios, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes y del Instrumento de Vinculación, y cumplir con el objetivo de lograr la universalización del servicio.

Que a tal efecto, en dicho artículo se enumeran una serie de facultades y obligaciones dentro de las cuales, y en virtud de lo dispuesto en el Inciso e) del mismo, se encuentra la de establecer las normas aplicables de calidad de materiales para la ejecución de las obras proyectadas.

Que con el objeto de dar cumplimiento a dicho mandato se encomendó a la COMISIÓN ASESORA de esta Agencia la tarea de análisis y diseño del procedimiento correspondiente.

Que en la Reunión N° 124 de la COMISION ASESORA, se estableció como procedimiento el análisis y la validación de los potenciales cambios en la normativa utilizada por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA con una periodicidad anual siendo su tratamiento obligatorio para el Directorio de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN.

Que el Directorio de esta AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA) aprobó el Listado de Normas de Materiales para la ejecución de obras proyectadas en el ámbito de la Concesión en base al listado propuesto por la Comisión Asesora para el año 2012 mediante Resolución APLA N° 40 del 6 de Diciembre de 2012, para el año 2014 a través de Resolución APLA N° 29 de fecha 25 de Julio de 2014, para el año 2015 por Resolución APLA N° 30 con fecha 26 de Noviembre 2015, para el año 2016 mediante Resolución APLA N° 43 de fecha 6 de Octubre de 2016 y para el año 2017 por Resolución APLA N° 28 de fecha 26 de Septiembre de 2017.

Que la GERENCIA DE PLANIFICACIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en el marco de las competencias asignadas por los Artículos 27 Inciso e), y 37 Inciso 6) del Marco Regulatorio aprobado por Ley Nº 26.221.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE PLANIFICACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el nuevo listado de normas de materiales para la ejecución de obras proyectadas en el ámbito de la Concesión, presentado por la Comisión Asesora de la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (A.PLA), que como IF-2019-00000255-APLA-DIRECTORIO#APLA forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, por intermedio de los miembros de la Comisión Asesora, a las autoridades del Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de las Municipalidades de ALMIRANTE BROWN, AVELLANEDA, ESTÉBAN ECHEVERRÍA, EZEIZA, HURLINGHAM, ITUZAINGÓ, LA MATANZA, LÓMAS DE ZAMORA, LANÚS, MORÓN, PILAR, QUILMES, SAN FERNANDO, SAN ISIDRO, SAN MARTÍN, VICENTE LÓPEZ, TIGRE, ESCOBAR, TRES DE FEBRERO, JOSE C. PAZ, MORENO, SAN MIGUEL, MERLO, MALVINAS ARGENTINAS Y PRESIDENTE PERON.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la Concesionaria AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA; a la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA y SECRETARÍA DE VIVIENDA ambas dependientes del MINISTERIO DE INTERIOR OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA; al INSTITUTO DE LA VIVIENDA dependiente de la Provincia de BUENOS AIRES; al INSTITUTO DE LA VIVIENDA dependiente del Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, al ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA); a la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) y al ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Roberto Klix - Hector Manceñido

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/02/2019 N° 6479/19 v. 07/02/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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