MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
MERCOSUR/GMC/RES. N° 01/13
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile y la Resolución N° 10/93 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Resolución GMC N° 10/93 definió el alcance de los aspectos vinculados con la “Seguridad Física de Sistemas de Telecomunicaciones”.
Que se considera conveniente la derogación de dicha norma dada la modificación de las condiciones tecnológicas y el marco regulatorio en que la misma fue aprobada.
Art. 1 - Derogar la Resolución GMC N° 10/93.
Art. 2 - Esta Resolución necesita ser incorporada solo al ordenamiento jurídico interno de la República Oriental del Uruguay. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 31/XII/2013.
MERCOSUR/GMC/RES. N° 01/13
DEROGACION DE LA RESOLUCION GMC N° 10/93
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile y la Resolución N° 10/93 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Resolución GMC N° 10/93 definió el alcance de los aspectos vinculados con la “Seguridad Física de Sistemas de Telecomunicaciones”.
Que se considera conveniente la derogación de dicha norma dada la modificación de las condiciones tecnológicas y el marco regulatorio en que la misma fue aprobada.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
RESUELVE:
Art. 1 - Derogar la Resolución GMC N° 10/93.
Art. 2 - Esta Resolución necesita ser incorporada solo al ordenamiento jurídico interno de la República Oriental del Uruguay. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 31/XII/2013.
XCI GMC - Montevideo, 07/VI/13.