Secretaría de Industria, Comercio y Minería
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución N° 970/97
Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma 'IN-DE-CO H. Minoli Sociedad Anónima Comercial e Industrial'.
Bs. As., 24/9/97.
VISTO el expediente N° 060-001803/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma 'IN-DE-CO H. MINOLI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL', con domicilio en Camino General Belgrano Km. 6,5, Manuel B. Gonnet, Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996 y en el artículo 1° de la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1°- Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma 'IN-DE-CO H. MINOLI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL', con domicilio en Camino General Belgrano Km. 6,5, Manuel B. Gonnet, Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996, por la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S. P. N° 060-001803/97.
Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma 'IN-DE-CO H. MINOLI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL e INDUSTRIAL', constituye domicilio especial en Avda. Dávila 1180, Dock 8, Piso 2°, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4°- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5°- Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6°- Notifíquese a la interesada.
Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alieto A. Guadagni.
INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
Resolución N° 970/97
Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por la firma 'IN-DE-CO H. Minoli Sociedad Anónima Comercial e Industrial'.
Bs. As., 24/9/97.
VISTO el expediente N° 060-001803/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma 'IN-DE-CO H. MINOLI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL', con domicilio en Camino General Belgrano Km. 6,5, Manuel B. Gonnet, Provincia de Buenos Aires, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz, y
CONSIDERANDO:
Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996 y en el artículo 1° de la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1°- Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma 'IN-DE-CO H. MINOLI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL', con domicilio en Camino General Belgrano Km. 6,5, Manuel B. Gonnet, Provincia de Buenos Aires, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°- Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1.996, por la Resolución ex-S. M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1.996 y sus modificatorias por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de septiembre de 1.996 y Resolución S.I.C. y M. N° 291 del 11 de abril de 1.997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S. P. N° 060-001803/97.
Art. 3°- Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma 'IN-DE-CO H. MINOLI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL e INDUSTRIAL', constituye domicilio especial en Avda. Dávila 1180, Dock 8, Piso 2°, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.
Art. 4°- La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.
Art. 5°- Remítase copia de la presente resolución a la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 6°- Notifíquese a la interesada.
Art. 7°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Alieto A. Guadagni.
ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 970