INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESOLUCION N° 3785/13/INCAA - MODIFICACION
Resumen:
MODIFIQUESE EL ARTICULO 30° DE LA RESOLUCION N° 3785/13/INCAA EL QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: “EL BOLETO OFICIAL CINEMATOGRAFICO EXPENDIDO DEBERA CONTENER TANTO EN EL ANVERSO DEL TALON PARA EL ESPECTADOR, ASI COMO TAMBIEN EN EL TALON DE URNA, LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO PRECEDENTE, EL NOMBRE DE LA SALA, EL CODIGO ASIGNADO A ESTA POR EL ORGANISMO, EL NUMERO DE CUIT DE LA EMPRESA RESPONSABLE DE LA MISMA, FECHA Y FUNCION EN QUE SERA UTILIZADO COMO MEDIO DE INGRESO, PRECIO DE VENTA Y TITULO DE LA PELICULA O CONTENIDO AUDIOVISUAL QUE SE EXHIBE. ADEMAS, EL REVERSO DEL MISMO TALON PARA CADA ESPECTADOR, DEBERA CONTENER EL ESPACIO PERTINENTE PARA LA INSERCION DE LOS DATOS DEL MISMO A FIN DE PARTICIPAR EN LOS SORTEOS QUE ESTABLEZCA EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, A SABER: APELLIDO Y NOMBRE, TIPO DE DOCUMENTO CON NUMERO, DOMICILIO, CODIGO POSTAL, DIRECCION DE CORREO ELECTRONICO Y TELEFONO. PARA MAYOR INFORMACION PODRA INGRESAR EN LA PAGINA WEB DE LA GERENCIA DE FISCALIZACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, HTTP://FISCALIZACION.INCAA.GOB.AR, O EN LA APLICACION HTTP://SORTEOS.INCAA.GOB.AR”.