CODIGO DE PROCEDIMIENTOS EN MATERIA PENAL
Resolución N° 853/1988
Actualización de montos.
Bs. As., 20/10/87
VISTO el presente S-505 bis/81, y
CONSIDERANDO:
1°) Que por resolución 220/87 este Tribunal efectuó la actualización ordenada por el artículo 7° de la ley 22.283, que se aplicó desde mayo del corriente hasta el presente.
2°) Que corresponde ahora, conforme con la norma citada realizar la que regirá para el semestre comprendido entre los meses de noviembre de 1987 y abril de 1988.
3°) Que de acuerdo con los índices publicados por el Institutos Nacional de Estadísticas y Censos, los de aumento de precios mayoristas nivel general para los meses de marzo y setiembre de 1987 son, respectivamente, de 216. 5,4 y 361.864,7. El coeficiente que corresponde aplicar es, pues, 1.66.
4°) Que multiplicando dicho coeficiente por los montos que deben actualizarse se obtienen los siguientes:
Por ello,
Se Resuelve:
Rajustar los montos previstos en las normas mencionadas en el considerando 4° en la forma allí establecida, los que regirán a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial,.
Regístrese, hágase saber y publíquese.
Resolución N° 853/1988
Actualización de montos.
Bs. As., 20/10/87
VISTO el presente S-505 bis/81, y
CONSIDERANDO:
1°) Que por resolución 220/87 este Tribunal efectuó la actualización ordenada por el artículo 7° de la ley 22.283, que se aplicó desde mayo del corriente hasta el presente.
2°) Que corresponde ahora, conforme con la norma citada realizar la que regirá para el semestre comprendido entre los meses de noviembre de 1987 y abril de 1988.
3°) Que de acuerdo con los índices publicados por el Institutos Nacional de Estadísticas y Censos, los de aumento de precios mayoristas nivel general para los meses de marzo y setiembre de 1987 son, respectivamente, de 216. 5,4 y 361.864,7. El coeficiente que corresponde aplicar es, pues, 1.66.
4°) Que multiplicando dicho coeficiente por los montos que deben actualizarse se obtienen los siguientes:
Por ello,
Se Resuelve:
Rajustar los montos previstos en las normas mencionadas en el considerando 4° en la forma allí establecida, los que regirán a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial,.
Regístrese, hágase saber y publíquese.
Jorge S. Caballero.
Carlos S. Fayt.
Enrique S. Petracchi.
Jorge A. Bacqué.
Carlos S. Fayt.
Enrique S. Petracchi.
Jorge A. Bacqué.