Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR (SECI)


MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

Resolución 84/2019

RESOL-2019-84-APN-SCI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-07204602- -APN-DGD#MPYT, la Ley Nº 27.442, los Decretos Nros. 480 de fecha 23 de mayo de 2018 y su modificatorio, y 972 de fecha 30 de octubre de 2018, y la Resolución Conjunta Nº 1 de fecha 11 de febrero de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27.442 creó la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA como organismo descentralizado y autárquico en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, estableciendo que en su ámbito funcionarán el TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, la SECRETARÍA DE INSTRUCCIÓN DE CONDUCTAS ANTICOMPETITIVAS y la SECRETARÍA DE CONCENTRACIONES ECONÓMICAS.

Que, el Artículo 20 de la mencionada ley preceptúa que los miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA, serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, previo concurso público de antecedentes y oposición, ante un jurado integrado por el Procurador del Tesoro de la Nación, el Ministro de Producción y Trabajo, un representante de la Academia Nacional del Derecho y un representante de la Asociación Argentina de Economía Política.

Que, a su vez, dicho cuerpo normativo establece que son miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA: el Presidente y los vocales del Tribunal de Defensa de la Competencia, el Secretario Instructor de Conductas Anticompetitivas y el Secretario de Concentraciones Económicas.

Que, el Artículo 20 del Anexo al Decreto N° 480 de fecha 23 de mayo de 2018 y su modificatorio, reglamentario de la Ley N° 27.442, dispone que corresponde a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, convocar al jurado que intervendrá en la selección de los integrantes de dicha Autoridad Nacional.

Que, asimismo, el Artículo 4º del Decreto N° 972 de fecha 30 de octubre de 2018 establece que los miembros del jurado, podrán designar a todo efecto un representante suplente de la institución que representen, y que el representante suplente del Procurador del Tesoro de la Nación y del Ministro de Producción y Trabajo deberán tener rango no inferior a Subsecretario.

Que, por la Resolución Conjunta Nº 1 de fecha 11 de febrero de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el Reglamento de Selección del Concurso de cargos de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA.

Que, conforme surge del Artículo 12 del Anexo de la citada resolución conjunta, entre las atribuciones y responsabilidades del jurado se encuentran las de aprobar las bases del concurso y el perfil propuesto por la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, evaluar a los postulantes y elaborar el orden de mérito.

Que, a su vez, por los Artículos 13 y 14 del citado Anexo, se crea la Coordinación Concursal integrada por UN (1) Coordinador Concursal y su respectivo suplente, y se establecen sus facultades y atribuciones, entre las cuales se encuentran el impulso del proceso de selección para concluirlo dentro de los plazos previstos, la confección de los Curriculum Vitae electrónicos y la coordinación de las acciones necesarias para la consecución de la Evaluación General y la Evaluación del Perfil Psicológico.

Que, asimismo, el Artículo 15 de dicho Anexo, prevé que el Ministro de Producción y Trabajo o su suplente, podrá designar a UN (1) Secretario y disponer de los medios y recursos administrativos que considere necesarios para asistir al jurado en el desempeño de sus tareas, de conformidad a lo estipulado en el Artículo 20 del Anexo al Decreto Nº 480/18.

Que el mencionado Secretario deberá ser propuesto al momento de iniciar las actuaciones de la convocatoria al Concurso.

Que han tomado intervención el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Presidente de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires y el Presidente de la Asociación Argentina de Economía Política Argentina.

Que, en ese sentido, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 20 de la Ley N° 27.442 y los Artículos 4º y 6º del Anexo de la Resolución Conjunta Nº 1/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta menester integrar el jurado, designar a los representantes de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires y de la Asociación Argentina de Economía Política, como así también al Secretario del Concurso y al Coordinador Concursal.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 480/18 y su modificatorio, reglamentario de la Ley N° 27.442, y la Resolución Conjunta Nº 1/19 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Iníciase el proceso de selección para la cobertura de los cargos previstos en el Artículo 18 de la Ley Nº 27.442, correspondientes a los miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA.

ARTÍCULO 2°.- Intégrase y desígnase el jurado para seleccionar a los miembros de la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA y sus respectivos suplentes, conforme lo establecido en el Anexo que, como IF-2019-16341646-APN-SSPMI#MPYT, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase como Secretario del Concurso al señor Don Nicolás Carlos D´Odorico (M.I. N° 31.447.716).

ARTÍCULO 4°.- Desígnase como Coordinadora Concursal a la señora Doña Paula Andrea Recalde Polari (M.I. N° 28.380.941) y como suplente a la señora Doña Gisele Pamela Paoletti (M.I. N° 33.295.904).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

(Nota Infoleg: por art. 2º de la Resolución Nº 527/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo B.O. 6/10/2020 se declara la nulidad absoluta e insanable de todo lo actuado en el marco del procedimiento de selección convocado mediante la presente Resolución, y déjanse sin efecto las actuaciones labradas en consecuencia, por los motivos expuestos en los considerandos de la medida de referencia.)

e. 27/03/2019 N° 19977/19 v. 27/03/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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