CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
Resolución 833/2020
RESOL-2020-833-APN-DIR#CONICET
Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2020
VISTO la Ley N° 20.464 y el Expediente N° EX-2020-24553922-APN-DDRH#CONICET del Registro de este Consejo Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que, en el expediente citado en el Visto, se tramita la convocatoria de Ingreso a la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico, Modalidad FORTALECIMIENTO I+D+i.
Que el Directorio de CONICET, resolvió destinar ciento sesenta (160) cargos para las Universidades Públicas y veinte (20) cargos para los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología.
Que, en el marco de dicha convocatoria, el CONICET convoca a las Universidades que se mencionan en el Anexo IF-2020-24619935-APN-DDRH#CONICET, y a los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología que se indican en el Anexo IF-2020-24620039-APN-DDRH#CONICET, con menor inserción de Investigadores CONICET, a presentar perfiles según cada área de conocimiento, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en investigación, desarrollo e innovación.
Que en virtud ello, el Directorio de este Consejo Nacional estableció el cronograma, y las Bases y Condiciones de la presente convocatoria, que se mencionan en el Anexo IF-2020-24620534-APN-DDRH#CONICET.
Que la Dirección de Servicio Jurídico y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado la intervención que les compete.
Que asimismo la Dirección de Presupuesto ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida ha sido tratada en las reuniones de Directorio de CONICET de los dias 3 y 4 de marzo de 2020, y 1° de abril de 2020, y se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1661/96; 310/07; 2349/15; 1241/15; 93/17; 914/17; 481/18; 371/19; 730/19; 58/20 y las Resoluciones de Directorio Nº RESOL-2019- 1653-APN-DIR#CONICET, RESOL-2019-2376-APN-DIR#CONICET y RESOL-2020-637-APN-DIR#CONICET.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a las Universidades Públicas mencionadas en el Anexo IF-2020-24619935-APN-DDRH#CONICET, y a los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología que se indican en el Anexo IF-2020- 24620039-APN-DDRH#CONICET con menor inserción de Investigadores CONICET, a presentar perfiles según cada área de conocimiento, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en investigación, desarrollo e innovación, para cubrir CIENTO SESENTA (160) cargos en Universidades Públicas y VEINTE (20) cargos en Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico de CONICET.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el cronograma, y las bases y condiciones establecidas en el Anexo IF-2020-24620534- APN-DDRH#CONICET de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a las Gerencias de Recursos Humanos, de Administración, de Desarrollo Científico y Tecnológico, de Evaluación y Planificación, de Asuntos Legales, a los interesados, a la Unidad de Auditoría Interna, y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial (DNRO) para su publicación. Cumplído, archívese. Ana Maria Franchi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 833/2020
RESOL-2020-833-APN-DIR#CONICET
Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2020
VISTO la Ley N° 20.464 y el Expediente N° EX-2020-24553922-APN-DDRH#CONICET del Registro de este Consejo Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que, en el expediente citado en el Visto, se tramita la convocatoria de Ingreso a la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico, Modalidad FORTALECIMIENTO I+D+i.
Que el Directorio de CONICET, resolvió destinar ciento sesenta (160) cargos para las Universidades Públicas y veinte (20) cargos para los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología.
Que, en el marco de dicha convocatoria, el CONICET convoca a las Universidades que se mencionan en el Anexo IF-2020-24619935-APN-DDRH#CONICET, y a los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología que se indican en el Anexo IF-2020-24620039-APN-DDRH#CONICET, con menor inserción de Investigadores CONICET, a presentar perfiles según cada área de conocimiento, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en investigación, desarrollo e innovación.
Que en virtud ello, el Directorio de este Consejo Nacional estableció el cronograma, y las Bases y Condiciones de la presente convocatoria, que se mencionan en el Anexo IF-2020-24620534-APN-DDRH#CONICET.
Que la Dirección de Servicio Jurídico y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado la intervención que les compete.
Que asimismo la Dirección de Presupuesto ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida ha sido tratada en las reuniones de Directorio de CONICET de los dias 3 y 4 de marzo de 2020, y 1° de abril de 2020, y se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1661/96; 310/07; 2349/15; 1241/15; 93/17; 914/17; 481/18; 371/19; 730/19; 58/20 y las Resoluciones de Directorio Nº RESOL-2019- 1653-APN-DIR#CONICET, RESOL-2019-2376-APN-DIR#CONICET y RESOL-2020-637-APN-DIR#CONICET.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a las Universidades Públicas mencionadas en el Anexo IF-2020-24619935-APN-DDRH#CONICET, y a los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología que se indican en el Anexo IF-2020- 24620039-APN-DDRH#CONICET con menor inserción de Investigadores CONICET, a presentar perfiles según cada área de conocimiento, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en investigación, desarrollo e innovación, para cubrir CIENTO SESENTA (160) cargos en Universidades Públicas y VEINTE (20) cargos en Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología de la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico de CONICET.
ARTÍCULO 2º.- Apruébese el cronograma, y las bases y condiciones establecidas en el Anexo IF-2020-24620534- APN-DDRH#CONICET de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese a las Gerencias de Recursos Humanos, de Administración, de Desarrollo Científico y Tecnológico, de Evaluación y Planificación, de Asuntos Legales, a los interesados, a la Unidad de Auditoría Interna, y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial (DNRO) para su publicación. Cumplído, archívese. Ana Maria Franchi
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/05/2020 N° 20468/20 v. 25/05/2020
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
Participantes I+D+I 2020 por Gran Área.
KA - KS < 40 CIC en la Universidad dentro de la Gran Área.
KB - KE < 50 CIC en la Universidad dentro de la Gran Área.
FORTALECIMIENTO I+D+i - UNIVERSIDADES INVITADAS A PARTICIPAR POR GRAN ÁREA
Participantes I+D+I 2020 por Gran Área.
KA - KS < 40 CIC en la Universidad dentro de la Gran Área.
KB - KE < 50 CIC en la Universidad dentro de la Gran Área.
IF-2020-24619935-APN-DDRH#CONICET
IF-2020-24620039-APN-DDRH#CONICET
Llamado Universidades/Organismos: jueves 16 de abril de 2020
Cierre: lunes 8 de mayo de 2020
Aprobación de Perfiles Directorio: martes 26 de mayo de 2020
Apertura Postulantes: lunes 8 de junio de 2020
Cierre: martes 23 de junio de 2020
Resultados: marzo 2021
2. BASES Y CONDICIONES FORTALECIMIENTO I+D+i:
El CONICET invita a las Universidades Públicas y Organismos de Ciencia y Tecnología, con menor inserción de investigadoras/es de CONICET, a presentar perfiles según cada área de conocimiento, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en investigación, desarrollo e innovación:
a) Fortalecimiento I+D+i Universidades, en el marco de proyectos específicos propuestos por la institución contraparte y aprobado por el CONICET, se asignarán CIENTO SESENTA (160) cargos, con distribución armónica entre las cuatro grandes áreas del conocimiento.
b) Fortalecimiento I+D+i Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología, con menor inserción de investigadoras/es de CONICET, y sobre la base de perfiles propuestos por cada institución participante en la convocatoria, se asignarán VEINTE (20) cargos, con distribución armónica de las cuatro grandes áreas del conocimiento.
CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA:
1. La iniciativa busca fomentar la investigación en un sentido amplio, desde cuestiones básicas, aplicadas, y hasta la potencial transferencia al medio socio-productivo,
2. Las propuestas contendrán entre sus objetivos la comprensión y contribución a la solución de problemas a nivel local o regional, el desarrollo de áreas de vacancia, o prioridades relevadas por las Universidades y ONCyT.
3. Las Universidades e Instituciones mencionadas en el Anexo, con las cuales el CONICET comparte acuerdos que dieron origen a Centros Interinstitucionales (CIT) y Unidades Ejecutoras (UE) contemplarán en sus propuestas, al menos parcialmente, las líneas temáticas previstas por estas.
4. En las grandes áreas de Ciencias Biológicas y de la Salud; y Ciencias Exactas y Naturales, podrán presentar perfiles aquellas Universidades que tengan menos de 50 investigadoras/es CONICET en las mismas.
5. En las grandes áreas de Ciencias Agrarias, Ingeniería y de Materiales; y Ciencias Sociales y Humanas, podrán presentar perfiles aquellas Universidades que tengan menos de 40 investigadoras/es CONICET en las mismas.
6. Cada Universidad/ONCyT, podrá presentar un máximo de CINCO (5) propuestas las cuales serán analizadas y aprobadas por el Directorio del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, teniendo en cuenta una distribución armónica entre las grandes áreas. Asimismo, dichas Instituciones pueden presentar sus propuestas con un orden de prioridad.
7. Una vez aprobados los perfiles por el Directorio, la evaluación de las/os candidatas/os será realizada por el CONICET, a través de una comisión designada por el Directorio, y de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa que rige el funcionamiento del sistema de evaluación.
8. La evaluación de la calidad académica de los/las postulantes se realizará teniendo en cuenta los criterios de evaluación relativos a cada Gran Área.
Asimismo, se tendrán en consideración los siguientes criterios:
- En los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología, que la propuesta del perfil sea pertinente a los objetivos y misiones.
- En las Instituciones universitarias, que la propuesta de perfil sea pertinente y relevante para el fortalecimiento de líneas de investigación preexistentes.
Además, se evaluará positivamente el complemento entre investigación y actividad docente actual o a futuro, en caso de que la/el postulante fuera seleccionado.
- En todos los casos, se valorará positivamente la disponibilidad de infraestructura y equipamiento adecuados.
9. En caso que haya candidatos/as que se presenten a la convocatoria general o estratégicos, y se encuentren en condiciones de ser seleccionados en ambas modalidades, el Directorio priorizará el ingreso solicitado en el marco de la convocatoria de Fortalecimiento.
10. Los postulantes podrán proponer directores y Co-Directores de tarea fuera del lugar de trabajo, de manera fundada, cuando no haya investigadores/as que puedan dirigirlos es esa Universidad/ONCyT.
11. Los candidatos seleccionados deberán permanecer al menos cuatro (4) años en la Institución a la que se incorporen, no resultando de aplicación en estos casos la Resolución CONICET Nº 1454/10. Esta permanencia se considerará desde su incorporación efectiva en la Carrera.
12. Las Universidades y ONCyT, presentarán sus respectivas propuestas a través del formulario, el cuadro resumen adjunto, y una carta de intención donde conste los títulos de las líneas presentadas y se explique los recursos que sostendrán las propuestas de investigación. La misma deberá ser avalada por la máxima autoridad de la institución solicitante.
El envío se hará UNICAMENTE de manera electrónica y a la siguiente dirección:
[email protected].
Las consultas serán atendidas en: [email protected]
1. CRONOGRAMA FORTALECIMIENTO I+D+i:
Llamado Universidades/Organismos: jueves 16 de abril de 2020
Cierre: lunes 8 de mayo de 2020
Aprobación de Perfiles Directorio: martes 26 de mayo de 2020
Apertura Postulantes: lunes 8 de junio de 2020
Cierre: martes 23 de junio de 2020
Resultados: marzo 2021
2. BASES Y CONDICIONES FORTALECIMIENTO I+D+i:
El CONICET invita a las Universidades Públicas y Organismos de Ciencia y Tecnología, con menor inserción de investigadoras/es de CONICET, a presentar perfiles según cada área de conocimiento, con el objetivo de fortalecer sus capacidades en investigación, desarrollo e innovación:
a) Fortalecimiento I+D+i Universidades, en el marco de proyectos específicos propuestos por la institución contraparte y aprobado por el CONICET, se asignarán CIENTO SESENTA (160) cargos, con distribución armónica entre las cuatro grandes áreas del conocimiento.
b) Fortalecimiento I+D+i Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología, con menor inserción de investigadoras/es de CONICET, y sobre la base de perfiles propuestos por cada institución participante en la convocatoria, se asignarán VEINTE (20) cargos, con distribución armónica de las cuatro grandes áreas del conocimiento.
CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA:
1. La iniciativa busca fomentar la investigación en un sentido amplio, desde cuestiones básicas, aplicadas, y hasta la potencial transferencia al medio socio-productivo,
2. Las propuestas contendrán entre sus objetivos la comprensión y contribución a la solución de problemas a nivel local o regional, el desarrollo de áreas de vacancia, o prioridades relevadas por las Universidades y ONCyT.
3. Las Universidades e Instituciones mencionadas en el Anexo, con las cuales el CONICET comparte acuerdos que dieron origen a Centros Interinstitucionales (CIT) y Unidades Ejecutoras (UE) contemplarán en sus propuestas, al menos parcialmente, las líneas temáticas previstas por estas.
4. En las grandes áreas de Ciencias Biológicas y de la Salud; y Ciencias Exactas y Naturales, podrán presentar perfiles aquellas Universidades que tengan menos de 50 investigadoras/es CONICET en las mismas.
5. En las grandes áreas de Ciencias Agrarias, Ingeniería y de Materiales; y Ciencias Sociales y Humanas, podrán presentar perfiles aquellas Universidades que tengan menos de 40 investigadoras/es CONICET en las mismas.
6. Cada Universidad/ONCyT, podrá presentar un máximo de CINCO (5) propuestas las cuales serán analizadas y aprobadas por el Directorio del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, teniendo en cuenta una distribución armónica entre las grandes áreas. Asimismo, dichas Instituciones pueden presentar sus propuestas con un orden de prioridad.
7. Una vez aprobados los perfiles por el Directorio, la evaluación de las/os candidatas/os será realizada por el CONICET, a través de una comisión designada por el Directorio, y de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa que rige el funcionamiento del sistema de evaluación.
8. La evaluación de la calidad académica de los/las postulantes se realizará teniendo en cuenta los criterios de evaluación relativos a cada Gran Área.
Asimismo, se tendrán en consideración los siguientes criterios:
- En los Organismos Nacionales de Ciencia y Tecnología, que la propuesta del perfil sea pertinente a los objetivos y misiones.
- En las Instituciones universitarias, que la propuesta de perfil sea pertinente y relevante para el fortalecimiento de líneas de investigación preexistentes.
Además, se evaluará positivamente el complemento entre investigación y actividad docente actual o a futuro, en caso de que la/el postulante fuera seleccionado.
- En todos los casos, se valorará positivamente la disponibilidad de infraestructura y equipamiento adecuados.
9. En caso que haya candidatos/as que se presenten a la convocatoria general o estratégicos, y se encuentren en condiciones de ser seleccionados en ambas modalidades, el Directorio priorizará el ingreso solicitado en el marco de la convocatoria de Fortalecimiento.
10. Los postulantes podrán proponer directores y Co-Directores de tarea fuera del lugar de trabajo, de manera fundada, cuando no haya investigadores/as que puedan dirigirlos es esa Universidad/ONCyT.
11. Los candidatos seleccionados deberán permanecer al menos cuatro (4) años en la Institución a la que se incorporen, no resultando de aplicación en estos casos la Resolución CONICET Nº 1454/10. Esta permanencia se considerará desde su incorporación efectiva en la Carrera.
12. Las Universidades y ONCyT, presentarán sus respectivas propuestas a través del formulario, el cuadro resumen adjunto, y una carta de intención donde conste los títulos de las líneas presentadas y se explique los recursos que sostendrán las propuestas de investigación. La misma deberá ser avalada por la máxima autoridad de la institución solicitante.
El envío se hará UNICAMENTE de manera electrónica y a la siguiente dirección:
[email protected].
Las consultas serán atendidas en: [email protected]
Formulario Solicitud Perfil
NIF-2020-24620534-AP-DDRH#CONICET
Cuadro Resumen
NIF-2020-24620534-AP-DDRH#CONICET