MINISTERIO DE TRANSPORTE
FONDO DE COMPENSACION AL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS - ESTABLECESE DISTRIBUCION
Resumen:
ESTABLECESE LA DISTRIBUCION CORRESPONDIENTE AL “FONDO DE COMPENSACION AL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR URBANO Y SUBURBANO DEL INTERIOR DEL PAIS”, CREADO POR EL ARTICULO 125 DE LA LEY DE PRESUPUESTO DE GASTOS Y RECURSOS DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2019 N° 27.467, PRORROGADO POR EL ARTICULO 72 DE LA LEY N° 27.591, MODIFICADO POR EL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 882 DE FECHA 23 DE DICIEMBRE DE 2021, POR UN MONTO MENSUAL DE HASTA PESOS TRES MIL DOCIENTOS MILLONES ($ 3.200.000.000.-), POR LOS MESES DE ENERO, FEBRERO Y MARZO, TODOS DEL AÑO 2022, TOTALIZANDO LA SUMA DE PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS MILLONES ($ 9.600.000.000.-) CON DESTINO A LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR URBANOS Y SUBURBANOS DEL INTERIOR DEL PAIS.