ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA - ESTABLECESE
Resumen:
ESTABLECESE QUE MIENTRAS SE EXTIENDA LA EMERGENCIA SANITARIA, DISPUESTA POR LA LEY N° 27.541, AMPLIADA POR EL DECRETO N° 260/20 Y PRORROGADA MEDIANTE EL DECRETO N° 167/21, EL CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA PODRA TENER POR ENTREGADOS SIN FIRMA OLOGRAFA DEL DESTINATARIO O PERSONA QUE SE ENCUENTRE EN EL DOMICILIO DE DESTINO LOS SERVICIOS POSTALES DE CARTAS CONTROL, CON FIRMA EN PLANILLA, CARTA CONTROL CON AVISO DE RETORNO, CARTA EXPRESO, CARTA CON ACUSE, CARTA CONFRONTE, PAQUETE, ENCOMIENDA, TARJETAS DE CREDITO, SERVICIOS PUERTA A PUERTA, TELEGRAMA Y CARTA DOCUMENTO; DANDO CUMPLIMIENTO A LAS MEDIDAS DE PREVENCION Y ACCIONES TENDIENTES AL CUIDADO DEL PERSONAL ASIGNADO A LA PRESTACION DEL SERVICIO CONFORME LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS POR EL MINISTERIO DE SALUD Y LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, Y A DETERMINADOS REQUISITOS.