Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE ENERGIA


MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución N° 8/2013

Bs. As., 25/1/2013

VISTO el Expediente N° S01:0182593/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que la redeterminación de canon o precio de una Ampliación de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión se rige por lo dispuesto por el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003 que se complementa con las resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Nros. 948 de fecha 10 de agosto de 2005 y 1.205 de fecha 30 de agosto de 2006.

Que oportunamente, el COMITE DE ADMINISTRACION DEL FONDO FIDUCIARIO PARA EL TRANSPORTE ELECTRICO FEDERAL (CAF) convocó a la Licitación Pública Nacional N° 15/2010 con el objeto de seleccionar el Contratista para la Construcción para la Ampliación 132kV Perito Moreno - Los Antiguos, resultando adjudicataria la Empresa IECSA S.A - ELECTRIFICADORA DEL VALLE (UTE), firmándose el correspondiente contrato el día 24 de octubre de 2011.

Que los contratos mencionados anteriormente prevén la redeterminación de los precios y para ello la aplicación de lo establecido por el Decreto N° 634/2003, las resoluciones Nros. 948/2005 y 1.205/2006, ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y los criterios establecidos en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación.

Que a los efectos del cumplimiento de lo establecido por el Decreto N° 634/2003 y en base a las facultades otorgadas por el Artículo 3° de la Resolución N° 948/2005 y por el Artículo 7° de la Resolución N° 1.205/2006 ambas de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han cumplimentado en la etapa licitatoria todos los pasos necesarios para establecer, en consulta con los proponentes, mediante condiciones específicas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación, los coeficientes de ponderación de la participación de los Insumos en el Rubro Principal que corresponde, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por las normas citadas.

Que el contratista del respectivo contrato ha presentado senda nota (NP-SC2-0019), solicitando la aplicación de la redeterminación según lo establecido en el pliego.

Que los organismos técnicos competentes han verificado que la variación promedio de costos de los rubros principales que componen cada provisión u obra, han alcanzado para cada caso un valor tal que resulta una variación promedio del precio actual del contrato superior al DIEZ POR CIENTO (10%), quedando habilitada la aplicación de la redeterminación de los mismos en las condiciones establecidas por el Decreto N° 634/2003.

Que se ha procedido por parte de los organismos técnicos competentes, a la redeterminación de los precios del contrato, aplicando para ello las fórmulas especificadas en el mencionado Decreto N° 634/2003, con el procedimiento y los factores de ponderación de participación de Insumos definitivos, aprobados y establecidos con la mecánica de participación de los oferentes expuesta anteriormente.

Que el precio del contrato redeterminado resulta el que se indica en el Cuadro que como ANEXO forma parte integrante de la presente.

Que mediante Nota CAF N° 722 de fecha 08 de mayo de 2012 el COMITE DE EJECUCION manifiesta la existencia de fondos que permiten asegurar el financiamiento de todas las erogaciones derivadas del Contrato.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA DE ENERGIA se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto N° 634 de fecha 21 de agosto de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGIA

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la redeterminación de precios del contrato de Construcción de la Línea de Alta Tensión en 132kV Perito Moreno - Los Antiguos, suscripto por la firma IECSA SOCIEDAD ANONIMA - ELECTRIFICADORA DEL VALLE SOCIEDAD ANONIMA (UTE) y el COMITE DE EJECUCION.

ARTICULO 2° — Determínase que el monto total del contrato cuya redeterminación de precios al mes de febrero de 2012 se aprueba en el artículo 1°, asciende a PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON OCHO CENTAVOS ($ 155.134.414,08), según detalle del Cuadro que como ANEXO forma parte de la presente, no contemplando este monto el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

ARTICULO 3° — Determínase que el monto total del Contrato, establecido en el Artículo 2°, tendrá vigencia a partir de la publicación de la presente.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ing. DANIEL CAMERON, Secretario de Energía.

ANEXO

AMPLIACION EN 132kV PERITO MORENO - LOS ANTIGUOS

MONTOS REDETERMINADOS DEL CONTRATO PARA LA CONSTRUCCION

(Los valores que se indican son en pesos y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado)

MONTOS DEL CONTRATO IECSA S.A - ELECTRIFICADORA DEL VALLE S.A
Monto Total del Contrato a Valor Oferta (Abril 2011)144.092.170,00
Monto Total del Contrato Redeterminado (Febrero 2012)155.134.414,08


e. 01/02/2013 N° 5148/13 v. 01/02/2013
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