INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
DECLARACION JURADA PARA EL FONDO DE FOMENTO CINEMATOGRAFICO
Resumen:
ESTABLECESE QUE A PARTIR DEL 1º DE JUNIO DE 2009 LAS EMPRESAS EXHIBIDORAS CON DOMICILIO DECLARADO HASTA ESA FECHA EN LOS REGISTROS QUE A TAL EFECTO LLEVA EL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES O EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES HASTA UN RADIO DE CINCUENTA Y CINCO (55) KILOMETROS DE DISTANCIA DE LA CAPITAL FEDERAL, DEBERAN REMITIR LOS DATOS CONTENIDOS EN LA DECLARACION JURADA PARA EL FONDO DE FOMENTO CINEMATOGRAFICO (FORMULARIO 700) A LA APLICACION WEB QUE PARA TAL EFECTO SE ENCUENTRA EN LA DIRECCION HTTP://DDJJ.INCAA.GOV.AR. A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE RESOLUCION, DEJANSE SIN EFECTO LAS RESOLUCIONES Nº 1036/06/INCAA Y 580/07/INCAA.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 3785/2013 DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, B.O. 08/01/2014, PAGINA 20.