Secretaría Legal y Técnica
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Resolución 69/2015
Resolución Nº 107/2014. Modificación.
Bs. As., 05/08/2015
VISTO la propuesta efectuada por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, los servicios de publicación que presta la misma, y la Resolución SLyT N° 107 del 23 de diciembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución SLyT N° 107/2014 se han establecido los precios para los servicios que brinda la Dirección Nacional del Registro Oficial de acuerdo con el Cuadro Tarifario que se consigna en el Anexo I que forma parte de la misma.
Que, resulta necesario adecuar la metodología establecida para tarifar los Edictos Sucesorios de Publicación Extractada, ordenados por los distintos Juzgados, a fin de establecer una tarifa uniforme y equitativa de modo racional y acorde con el servicio que brinda el organismo editor, los costos que ello conlleva y la normativa vigente.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 918 del 17 de julio de 2001 y 1272 del 11 de octubre de 2001.
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el punto 1.1.1.3 “Edictos Sucesorios - Publicación Extractada” del Cuadro Tarifario establecido en el Anexo I de la Resolución SLyT N° 107/2014 por el siguiente:
“1.1.1.3 Edictos Sucesorios - Publicación Extractada
PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 233,00)”.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carlos A. Zannini.
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
Resolución 69/2015
Resolución Nº 107/2014. Modificación.
Bs. As., 05/08/2015
VISTO la propuesta efectuada por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, los servicios de publicación que presta la misma, y la Resolución SLyT N° 107 del 23 de diciembre de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución SLyT N° 107/2014 se han establecido los precios para los servicios que brinda la Dirección Nacional del Registro Oficial de acuerdo con el Cuadro Tarifario que se consigna en el Anexo I que forma parte de la misma.
Que, resulta necesario adecuar la metodología establecida para tarifar los Edictos Sucesorios de Publicación Extractada, ordenados por los distintos Juzgados, a fin de establecer una tarifa uniforme y equitativa de modo racional y acorde con el servicio que brinda el organismo editor, los costos que ello conlleva y la normativa vigente.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 918 del 17 de julio de 2001 y 1272 del 11 de octubre de 2001.
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
Artículo 1° — Sustitúyese el punto 1.1.1.3 “Edictos Sucesorios - Publicación Extractada” del Cuadro Tarifario establecido en el Anexo I de la Resolución SLyT N° 107/2014 por el siguiente:
“1.1.1.3 Edictos Sucesorios - Publicación Extractada
PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES ($ 233,00)”.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Carlos A. Zannini.