SANIDAD ANIMAL
ENFERMEDAD MAL ROJO DEL CERDO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
05-Nov-1999
Resumen:
DECLARASE OBLIGATORIA LA DENUNCIA INMEDIATA DE LA APARICION, EXISTENCIA O SOSPECHA DE LA ENFERMEDAD MAL ROJO DEL CERDO O ERISIPELA PORCINA.-
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2° DE LA RESOLUCION 738/2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 20/10/2011 - PAG. 34.