Presidencia de la Nación

Resolución 64 / 2020

MINISTERIO DE TRANSPORTE


MINISTERIO DE TRANSPORTE

SERVICIOS DE TRANSPORTE - CANTIDAD DE PASAJEROS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 18-Mar-2020
Resumen:

ESTABLECESE QUE DESDE LA HORA CERO (0) DEL 19 DE MARZO DE 2020 HASTA LAS VEINTICUATRO (24) HORAS DEL 31 DE MARZO DE 2020, LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE AUTOMOTOR Y FERROVIARIO DE PASAJEROS URBANOS, SUBURBANOS Y REGIONALES DE JURISDICCION NACIONAL SOLO PODRAN CIRCULAR CON UNA CANTIDAD DE PASAJEROS QUE NO SUPERE LA CAPACIDAD DE ASIENTOS DISPONIBLES. SE RECOMIENDA MANTENER EL DISTANCIAMIENTO SOCIAL.

Observaciones:

LA PRESENTE NORMA FUE PUBLICADA EN SUPLEMENTO DE BOLETIN OFICIAL. LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 63/2020 DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 389/2021 DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE, B.O. 25/10/2021,PAGINA 30. VIGENCIA: VER ARTICULO 4° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

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