Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA


MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION

SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Resolución N° 62/2005

Bs. As., 3/5/2005

VISTO el Expediente N° S01:0113980/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1285 de fecha 12 de noviembre de 1996 se aprobó el modelo de Convenio de Donación de los Fondos Provenientes del Protocolo de Montreal para el PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO, encomendándose a la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS la ejecución de todas las acciones conducentes a la reconversión industrial para la sustitución y/o progresiva eliminación del consumo de las sustancias que agotan la capa de ozono.

Que por la Resolución N° 773 de fecha 14 de octubre de 1999 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se creó, con dependencia directa de la Dirección Nacional de Industria de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA de dicho Ministerio, la UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE (UMA), encargada de la coordinación y supervisión del diseño, negociación y ejecución de los planes y proyectos vinculados con el medio ambiente.

Que dentro de esos proyectos se encuentra el PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO (PRESAO), cuya ejecución y administración está a cargo de la UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO).

Que por la Resolución N° 19 de fecha 23 de julio de 2003 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se transfirió el PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO (PRESAO) y la respectiva UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO), al ámbito de la UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE (UMA) y ésta se transfirió al ámbito de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA con dependencia directa del señor Subsecretario.

Que por el Decreto N° 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio N° 1359 de fecha 5 de octubre de 2004 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional, estableciéndose sus competencias.

Que la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a través de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, es la responsable de intervenir en las políticas relacionadas con la preservación del medio ambiente, formuladas por el Gobierno Nacional, en materia de su competencia.

Que a fin de promover una acción coordinada y centralizada en materia de políticas de preservación del medio ambiente, entre las distintas Subsecretarías dependientes de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, resulta necesario transferir la UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE (UMA) y consecuentemente el PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO (PRESAO) y la respectiva UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) a la órbita de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con dependencia directa del señor Secretario.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 25/03 y su modificatorio N° 1359/04.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

ARTICULO 1°. — Transfiérase la UNIDAD DE MEDIO AMBIENTE (UMA) y consecuentemente el PROYECTO DE REDUCCION DE LAS SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO (PRESAO) y la respectiva UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEPRO) al ámbito de la Unidad Secretario de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con dependencia directa del señor Secretario.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL G. PEIRANO, Secretario de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

e. 9/5 N° 479.113 v. 9/5/2005

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