EXPORTACION DE HIDROCARBUROS
DERECHO DE EXPORTACION - DETERMINADO MONTO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
05-Ago-2004
Resumen:
MANTIENESE EL DERECHO DE EXPORTACION DEL VEINTICINCO POR CIENTO QUE GRAVA LA EXPORTACION DE HIDROCARBUROS COMPRENDIDOS EN POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR, EN LOS CASOS EN QUE EL PRECIO SEA IGUAL O INFERIOR A UN DETERMINADO MONTO EN DOLARES ESTADOUNIDENSES. ALICUOTAS ADICIONALES QUE SE APLICARAN CUANDO EL PRECIO SEA MAYOR AL ANTES MENCIONADO.
Observaciones:
ABROGADA POR RESOLUCION N° 394/2007 - ARTICULO 1° - BOLETIN OFICIAL 16/11/2007 - PAGINA 10.-