Presidencia de la Nación

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 526/2024

RESOL-2024-526-APN-ENRE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-80479691-APN-SD#ENRE y la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 518 de fecha 2 de agosto de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 4 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 518 de fecha 2 de agosto de 2024, se aprobó el Cuadro Tarifario para los usuarios residenciales Nivel 3 que la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) debe aplicar a partir de las CERO HORAS (00:00 h) del 1 de agosto de 2024, que se informó en el IF-2024-81022086-APN-ARYEE#ENRE.

Que, como consecuencia de un error material de edición, los cargos variables de la categoría R1 y de la categoría R2 se publicaron con dos cifras decimales.

Que en el caso de la categoría R1 cargo variable 0 a 150 kWh de consumo mensual, donde dice “45,13” debe decir “45,127”; en el caso de la categoría R2 cargo variable 151 a 400 kWh de consumo mensual, donde dice “45,40” debe decir “45,403” para el consumo base de hasta 250 kWh/mes y donde dice “87,70” debe decir “87,695” para el excedente de 250 kWh/mes.

Que, mediante el artículo 7 de la mencionada resolución, se instruyó a EDESUR S.A. a que, teniendo en cuenta los valores contenidos en el IF-2024-81023179-APN-ARYEE#ENRE y de acuerdo al consumo mensual de cada usuario, calculara el monto del subsidio correspondiente, el que debería ser identificado de manera destacada como “Subsidio Estado Nacional” (SEN) en la sección de la factura que contiene la información al usuario.

Que, asimismo, mediante el artículo 12 se hizo lo propio para los usuarios residenciales del Nivel 2 y Nivel 3 de las zonas frías, a partir de los valores contenidos en el IF-2024- 81023372-APN-ARYEE#ENRE.

Que, como consecuencia de un error material, se consignó un valor del SEN de 64,492 $/kWh para los primeros 350 kWh de consumo mensual de la categoría T1 Residencial Nivel 2 - bajos ingresos, y de 53,644 $/kWh para los primeros 250 kWh de consumo mensual de la categoría T1 Residencial Nivel 3 - ingresos medios.

Que, en igual sentido, se consignó un valor del SEN de 64,492 $/kWh para los primeros 700 kWh de consumo mensual de la categoría T1 Residencial Nivel 2 - bajos ingresos, y de 53,644 $/kWh para los primeros 500 kWh de consumo mensual de la categoría T1 Residencial Nivel 3 - ingresos medios, ambos para usuarios ubicados en zonas frías.

Que el valor correcto del SEN para los primeros 350 kWh de consumo mensual de la categoría T1 Residencial Nivel 2 - bajos ingresos es 70,041 $/kWh, y 57,960 $/kWh para los primeros 250 kWh de consumo mensual de la categoría T1 Residencial Nivel 3 - ingresos medios.

Que los mismos valores adopta el SEN para el consumo base de los usuarios T1 Residencial Nivel 2 - bajos ingresos y T1 Residencial Nivel 3 - ingresos medios de las zonas frías.

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017 determina que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549.

Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2, 40 a 49, 56 incisos a), d) y s) y 63 incisos a) y g) de la Ley N° 24.065, el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017), los artículos 4 y 6 del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 y los artículos 1 y 3 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 1 de fecha 20 de diciembre de 2023.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Reemplazar los valores del cuadro tarifario contenidos en el IF-2024- 81022086-APN-ARYEE#ENRE de la categoría R1 cargo variable 0 a 150 kWh de consumo mensual, que forma parte integrante de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 518 de fecha 2 de agosto de 2024, de modo que donde dice “45,13” debe decir “45,127”; y de la categoría R2 cargo variable 151 a 400 kWh de consumo mensual, de modo que donde dice “45,40” debe decir “45,403” para el consumo base de hasta 250 kWh/mes y donde dice “87,70” debe decir “87,695” para el excedente de 250 kWh/mes.

ARTÍCULO 2.- Reemplazar el valor del Subsidio del Estado Nacional contenido en el IF-2024-81023179-APN-ARYEE#ENRE de la categoría T1 Residencial Nivel 2 - bajos ingresos para los primeros 350 kWh de consumo mensual que forma parte integrante de la Resolución ENRE N° 518/2024, de modo que donde dice “64,492 $/kWh”, debe decir “70,041 $/kWh” y el correspondiente a la categoría T1 Residencial Nivel 3 - ingresos medios para los primeros 250 kWh de consumo mensual, de modo que donde dice “53,644 $/kWh”, debe decir “57,960 $/kWh”.

ARTÍCULO 3.- Reemplazar el valor del Subsidio del Estado Nacional contenido en el IF-2024- 81023372-APN-ARYEE#ENRE de la categoría T1 Residencial Nivel 2 - bajos ingresos para los primeros 700 kWh de consumo mensual que forma parte integrante de la Resolución ENRE N° 518/2024, de modo que donde dice “64,492 $/kWh”, debe decir “70,041 $/kWh” y el correspondiente a la categoría T1 Residencial Nivel 3 - ingresos medios para los primeros 500 kWh de consumo mensual, de modo que donde dice “53,644 $/kWh”, debe decir “57,960 $/kWh”.

ARTÍCULO 4.- Notifíquese a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.).

ARTÍCULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Dario Oscar Arrué

e. 09/08/2024 N° 52383/24 v. 09/08/2024
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