Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios
TRANSPORTE FERROVIARIO
Resolución 510/2008
Ratifícanse el Convenio Marco en Materia de Transporte Ferroviario y el Convenio Complementario Nº 1 Puesta en Marcha del Servicio de Transporte Ferroviario de Pasajeros - Nivel Subterráneo - Línea "H" - Primer Tramo; suscriptos por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Bs. As., 11/6/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0100554/2007 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y
CONSIDERANDO:
Que es política del ESTADO NACIONAL en materia ferroviaria posibilitar el desarrollo, la recuperación y modernización del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneos del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, propendiendo a la mejora en la calidad de vida de la población.
Que la regulación del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneos del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES atañe a la concreción de políticas públicas conjuntas del ESTADO NACIONAL y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, destinadas a solucionar en forma eficaz y definitiva los problemas que dicho sistema en la actualidad presenta y en el futuro proyecta.
Que en tal sentido con fecha 17 de octubre de 2007, se suscribió el CONVENIO MARCO EN MATERIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, mediante el cual se establece que las partes podrán suscribir convenios complementarios destinados a concretar acciones, programas y proyectos comunes o de asistencia para garantizar un desarrollo eficiente y eficaz del Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneos del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.
Que asimismo, la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, de acuerdo a las previsiones de la Leyes locales Nº 317 y su similar Nº 670, procedió a la realización de las obras civiles correspondientes a la Etapa B de la Línea H de la red de Subterráneos de la Ciudad.
Que METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, titular de la Concesión de los Servicios Ferroviarios Metropolitanos de Transporte de Pasajeros de los SUBTERRANEOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 2608 de fecha 22 de Diciembre de 1993, ha manifestado interés en la operación del servicio de la nueva línea en forma provisional.
Que en ese contexto, con fecha 17 de octubre de 2007, se suscribió el CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº 1 PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS - NIVEL SUBTERRANEO - LINEA "H" - PRIMER TRAMO, entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE, el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, con la intervención necesaria de las empresas SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO y METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA.
Que por el citado convenio complementario, la SECRETARIA DE TRANSPORTE, se comprometió a asumir los costos de explotación del servicio de referencia, a partir de la fecha de su autorización, hasta alcanzar el importe de las inversiones comprometidas por el GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, o bien hasta que se finalice la autorización, lo que ocurra primero.
Que asimismo, por el citado convenio complementario, la SECRETARIA DE TRANSPORTE autorizó a METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA a utilizar material rodante afectado a la concesión del ESTADO NACIONAL para la operación del servicio correspondiente a la Línea H de la red de subterráneos de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, hasta tanto se adquiera material rodante para dicha línea.
Que los citados convenios fueron suscriptos ad referéndum del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha tomado la intervención que le compete en orden a las facultades que le son propias.
Que sin perjuicio de la trascendencia política e institucional de los acuerdos alcanzados, que por la presente se reconocen, quedan aún pendientes la valoración de algunos aspectos económicos que hacen a la posibilidad efectiva para la implementación de los mismos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello,
EL MINISTRO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
RESUELVE:
Artículo 1º — Ratifícase el CONVENIO MARCO EN MATERIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO suscripto por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, de fecha 17 de octubre de 2007, que como ANEXO I en copia autenticada, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º — Ratifícase el CONVENIO COMPLEMENTARIO Nº 1 PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS - NIVEL SUBTERRANEO — LINEA "H" —- PRIMER TRAMO, suscripto por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, con la intervención necesaria de las empresas SUBTERRANEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO y METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, de fecha 17 de octubre de 2007, que como ANEXO II en copia autenticada, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º — Instrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a dictar los actos administrativos necesarios y conducentes, a fin de posibilitar el cumplimiento de los compromisos asumidos en los Convenios ratificados en los artículos 1º y 2º de la presente resolución.
Art. 4º — Notifíquese al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 5º — Notifíquese a la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio M. De Vido.
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NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar