MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
Resolución Nº 51/2011
Bs. As., 21/3/2011
VISTO el Expediente Nº S01:0057266/2011 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA al que corresponde el Nº 0049721/2011 del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y complementarios y 2186 de fecha 30 de diciembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que por el Decreto Nº 2186 de fecha 30 de diciembre de 2010, se aprobó la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.
Que las necesidades técnicas y funcionales que demanda la implementación de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, el avance científico y tecnológico, así como los objetivos políticos y estratégicos asignados por la actual gestión de gobierno al citado organismo, hacen necesario proponer la aprobación, en el ámbito de las áreas sustantivas, de coordinaciones que posibiliten el abordaje de las nuevas temáticas a desarrollar.
Que la expansión de la actividad agrícola en el último decenio, en especial de los cereales y oleaginosas de la región pampeana y la atención sobre otras numerosas especies, tales como frutales, forestales, forrajeras, hortícolas, arroz, porotos y maní, entre otras, requiere un incremento de las responsabilidades y funciones del organismo.
Que tal desarrollo y su complejidad, hace necesario atender a la planificación y coordinación de las actividades técnico-operativas de las subsedes regionales, como asimismo al fortalecimiento de las relaciones interinstitucionales con los gobiernos provinciales, en el marco de los respectivos convenios de colaboración y asistencia técnica suscriptos oportunamente.
Que a esos fines se propicia la creación de la COORDINACION TECNICO-OPERATIVA DE LAS OFICINAS REGIONALES Y VIVEROS en la Dirección Nacional de Semillas del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
Que en el Artículo 2º del Decreto Nº 2186/2010 se prevén los cargos de conducción a los que se refiere la presente medida.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 17 del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, por el Artículo 9º inciso f) del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845 y por el Decreto Nº 143 de fecha 27 de enero de 2010.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébanse las Coordinaciones del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme al listado del Anexo I y a las Acciones respectivas detalladas en el Anexo II, que forman parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 2º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Entidad 614 - INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.
ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.
ANEXO I
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO
- Coordinación Temática de Propiedad Intelectual y Recursos Fitogenéticos
DIRECCION NACIONAL DE SEMILLAS
- Coordinación de Proyectos Especiales de Biotecnología
- Coordinación Técnico - Operativa de las Oficinas Regionales y Viveros
ANEXO II
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO
Coordinación Temática de Propiedad Intelectual y Recursos Fitogenéticos
ACCIONES:
1.- Coordinar las acciones referidas a los aspectos legales, administrativos e institucionales relacionados con la propiedad intelectual en materia vegetal, en especial sobre las obtenciones vegetales, recursos fitogenéticos y biotecnología vegetal.
2.- Asesorar y participar en la formulación y aplicación de tratados internacionales, normas y convenios nacionales, provinciales y municipales vinculados a los temas referidos.
3.- Representar al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a requerimiento de la autoridad máxima del mismo, ante organismos y entidades nacionales e internacionales, públicas y privadas, en especial ante la UNION INTERNACIONAL PARA LA PROTECCION DE OBTENCIONES VEGETALES (UPOV) y ante la ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA ALIMENTACION Y LA AGRICULTURA (FAO), en los temas de su competencia.
4.- Planificar y desarrollar actividades de información, formación e investigación relacionadas con la temática de propiedad intelectual asignada.
5.- Coordinar el seguimiento de las políticas, lineamientos, programas y procedimientos dispuestos por la autoridad máxima en los temas de su incumbencia.
DIRECCION NACIONAL DE SEMILLAS
Coordinación de Proyectos Especiales de Biotecnología
ACCIONES:
1.- Coordinar las actividades destinadas a preservar la bioseguridad y las medidas dispuestas para evitar escapes de organismos vegetales genéticamente modificados (OVGM) no autorizados para su comercialización en el país.
2.- Participar en representación del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, en la Comisión Nacional de Biotecnología (CONABIA) del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, en los temas de su competencia.
3.- Controlar las actas de las inspecciones a campo referidas a las medidas de bioseguridad vigentes.
4.- Analizar técnicamente las solicitudes para la liberación al medio y la flexibilización de las condiciones de cultivo de los organismos vegetales genéticamente modificados (OVGM).
5.- Planificar el seguimiento a campo de los organismos vegetales genéticamente modificados (OVGM), en ensayo y de la flexibilización de las condiciones de cultivo, en el interior del país.
6.- Monitorear los informes finales de los solicitantes informando a la CONABIA sobre la evaluación de los mismos.
Coordinación Técnico - Operativa de las Oficinas Regionales y Viveros
ACCIONES:
1.- Coordinar las acciones conducentes a la unificación de los criterios técnicos y operativos utilizados en las oficinas regionales del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, en la aplicación de las normas vigentes reglamentarias de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.
2.- Analizar y controlar el cumplimiento de las directivas emanadas de la máxima autoridad.
3.- Elaborar los informes y estudios necesarios a efectos de mantener actualizada la comunicación con las demás áreas técnicas del organismo.
4.- Gestionar los requerimientos de información técnica y de apoyo logístico, en el área y temas de su competencia.
5.- Planificar el control y la verificación de las actividades productivas de los viveros.
6.- Organizar y desarrollar las actividades necesarias tendientes a la optimización del cumplimiento de los objetivos en las oficinas regionales y en los viveros.
e. 29/03/2011 Nº 33466/11 v. 29/03/2011