MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
MONTO EXCEDENTE A CUENTA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
08-Mayo-2020
Resumen:
LOS EMPLEADORES QUE HUBIESEN EFECTUADO EL PAGO TOTAL O PARCIAL DE HABERES CORRESPONDIENTE AL MES DE ABRIL DE 2020 EN FORMA PREVIA A LA PERCEPCION POR PARTE DE SUS TRABAJADORES DEPENDIENTES DEL BENEFICIO DEL SALARIO COMPLEMENTARIO, INSTITUIDO POR EL DECRETO Nº 332/2020 Y SUS MODIFICATORIOS, Y CUYO MONTO, SUMADO EL PAGO DEL BENEFICIO DEL SALARIO COMPLEMENTARIO CORRESPONDIENTE A DICHO MES, SUPERE EL MONTO QUE LE HUBIERE CORRESPONDIDO PERCIBIR A CADA TRABAJADOR POR PARTE DE SU EMPLEADOR, PODRAN IMPUTAR EL MONTO EXCEDENTE A CUENTA DEL PAGO DEL SALARIO CORRESPONDIENTE AL MES DE MAYO DE 2020.