Resolución 3731 / 2016
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 24076
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 12-Jun-1992 |
Descripción
MARCO REGULATORIO - PRIVATIZACION GAS DEL ESTADOSE ESTABLECE EL MARCO REGULATORIO DE LA ACTIVIDAD. PRIVATIZACION DE GAS DEL ESTADO S.E., TRANSICION. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS. PROMULGADA POR DEC. 885 DEL 9-6-92. OBSERVADA: ALGUNOS PARRAFOS DE LOS ARTS. 77; 80; 92; 95 Y 54.
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Normativa / Número
Resolución 2407 / 2012
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS |
Fecha publicación 29-Nov-2012 |
Descripción
CUATRO TARIFARIO - VIGENCIAAUTORIZAR A LAS DISTRIBUIDORAS METROGAS S.A., GAS NATURAL BAN S.A., CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., CAMUZZI GAS DEL SUR S.A., DISTRIBUIDORA DE GAS DEL CENTRO S.A., DISTRIBUIDORA DE GAS CUYANA S.A., GASNOR S.A. Y GASNEA S.A., A APLICAR UN MONTO FIJO POR FACTURA, DIFERENCIADO POR CATEGORIA DE USUARIO, CONFORME EL DETALLE INCLUIDO EN EL ANEXO L DE LA PRESENTE, A PARTIR DE LA FECHA DE LA PRESENTE RESOLUCION.
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Normativa / Número
Resolución 31 / 2016
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA |
Fecha publicación 01-Abr-2016 |
Descripción
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS - REVISION TARIFARIA INTEGRALENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS. REVISION TARIFARIA INTEGRAL. INSTRUYESE AL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, A QUE LLEVE ADELANTE EL PROCEDIMIENTO DE REVISION TARIFARIA INTEGRAL PREVISTO EN LAS ACTAS ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL INTEGRAL CELEBRADAS CON LAS LICENCIATARIAS EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN LA LEY N° 25.561, SUS MODIFICACIONES Y COMPLEMENTARIAS; EL QUE DEBERA CONCLUIRSE EN UN PLAZO NO MAYOR A UN (1) AÑO DESDE LA FECHA DE LA PRESENTE MEDIDA. PARA EL CASO DE LAS LICENCIATARIAS QUE A LA FECHA DE LA PRESENTE NO HUBIERAN SUSCRIPTO LAS ACTAS ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL INTEGRAL CORRESPONDIENTES, EL PLAZO SERA ESTABLECIDO EN DICHO INSTRUMENTO, SIN PERJUICIO DE LO CUAL EL ENARGAS ESTARA FACULTADO A PARTIR DE LA PRESENTE RESOLUCION, PARA REQUERIR A ESAS EMPRESAS LA INFORMACION NECESARIA PARA AVANZAR EN FORMA PRELIMINAR EN EL PROCESO DE REVISION TARIFARIA INTEGRAL. EN TODOS LOS CASOS, EN EL PROCESO DE REALIZACION DE LA REVISION TARIFARIA INTEGRAL QUE SURJA DE LOS ACUERDOS INTEGRALES DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL, DEBERA INSTRUMENTARSE EL MECANISMO DE AUDIENCIA PUBLICA QUE POSIBILITE LA PARTICIPACION CIUDADANA, EN LOS TERMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 5° DEL DECRETO N° 367 DE FECHA 16 DE FEBRERO DE 2016.
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