INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS
MULTAS - MODIFICACION RESOLUCION 13/2004
Resumen:
MODIFICASE EL ARTICULO 2º DE LA RESOLUCION Nº 13 DE FECHA 23 DE FEBRERO DE 2004 DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN LA ORBITA DE LA EX – SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS DEL ENTONCES MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: “ARTICULO 2º.- “LA SANCION DE MULTA APLICABLE A LAS INFRACCIONES TIPIFICADAS EN EL CAPITULO VII DE LA LEY DE SEMILLAS Y CREACIONES FITOGENETICAS Nº 20.247 VERIFICADAS EN SEMILLAS DE CUALQUIER OTRA ESPECIE NO CONTEMPLADA EN EL ARTICULO ANTERIOR TENDRA COMO MONTO MINIMO EL EQUIVALENTE DEL VALOR DE LA SEMILLA PUESTA EN LEGAL FORMA EN EL MERCADO”.