SEGUROS
RESOLUCION GENERAL NRO. 30.418 - MODIFICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Abr-2005
Resumen:
SUSTITUYESE EL ART. 4TO. DE LA RESOLUCION GENERAL NRO. 30.418 POR EL PRESENTE: "LAS RETRIBUCIONES QUE LAS ASEGURADORAS EFECTUEN A SUS AGENTES INSTITORIOS DEBERAN CONTABILIZARSE BAJO LA CUENTA GASTOS DIRECTOS DE PRODUCCION QUE SE EXPONDRA EN EL ANEXO XI DE LOS ESTADOS CONTABLES EN EL RUBRO OTROS GASTOS DE ADQUISICION SEGUROS DIRECTOS".
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 30 DE RESOLUCION N° 38052, B.O. 24/12/2013, PAGINA 33.