Presidencia de la Nación

Resolución 30237 / 2004

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION


SEGUROS

REGISTRO DE PRODUCTORES ASESORES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 23-Nov-2004
Resumen:

A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2005, LOS PRODUCTORES ASESORES DE SEGUROS DEBERAN ACREDITAR UN MINIMO DE DOCE (12) HORAS POR CADA PERIODO ANUAL DE MATRICULA. LAS MISMAS DEBERAN CUMPLIRSE A TRAVES DE ACTIVIDADES AUTORIZADAS PARA TAL FIN DENTRO DEL REGIMEN EN VIGENCIA Y QUE SE LLEVEN A CABO ENTRE EL 1º DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO RESPECTO DEL CUAL DEBEN SER ACREDITADAS.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 4 DE LA RESOLUCION 38881/15 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, BO 09/02/2015, PAGINA 57.

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