INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
EMPRESAS TIPO A Y "TIPO B"
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Nov-2016
Resumen:
ESTABLECER QUE SON EMPRESAS DEL “TIPO A”, UNICAMENTE AQUELLAS QUE YA SE ENCUENTREN INSCRIPTAS COMO UNIPERSONALES Y/O QUE RESULTEN ENCUADRABLES EN ESTA ULTIMA CATEGORIA. LAS PERSONAS JURIDICAS O EMPLEADORES QUE NO SEAN UNIPERSONALES, SON EMPRESAS DEL “TIPO B”. LA OBLIGATORIEDAD O NO QUE TENGAN DE DAR CUMPLIMIENTO CON SU REGISTRACION ANTE LA INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, REGISTRO PUBLICO O CUALQUIER OTRO ENTE QUE SEA CREADO, EN LOS TERMINOS Y ALCANCES PREVISTOS POR EL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION, NO OBSTA A LO DISPUESTO EN LA PRIMERA PARTE DE ESTE ARTICULO.