ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 266/2023
RESFC-2023-266-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2023
VISTO el Expediente EX-2023-42272145-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales y sus modificatorias, el Decreto N° 647, de fecha 16 de septiembre de 2022, homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Presidente del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 9, de fecha 14 de abril de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 647, de fecha 16 de septiembre de 2022, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, acordado en las Actas Acuerdo, de fechas 21 de junio y 21 de julio, ambas de 2022, obrantes en el Anexo IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT, por el que se estableció un nuevo régimen de carrera para dicho personal.
Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 del Anexo IF-2022-77228023-190-DNRYRT#MT al Decreto Nº 647/2022, mediante la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Presidente del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 9/2023, se aprobó el “Régimen de Selección para el ingreso al “Agrupamiento de Conservación Territorial” y al “Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales”.
Que por el Artículo 39 de la referida resolución, se estableció que el curso de habilitación para el agrupamiento de Conservación Territorial tendrá una duración no menor a TRES (3) meses sobre la base de una Plan de Estudios de UN (1) trimestre, cuya aprobación, junto con el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina de los cursos serán establecidas por resolución de la ADMNISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que asimismo, en dicho Artículo, se estableció que el curso de habilitación para el “Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales tendrá una duración no menor a NUEVE (9) meses, sobre la base de una Plan de Estudios de TRES (3) trimestres, cuya aprobación, junto con el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina de los cursos serán establecidas por Resolución de la ADMNISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que previo a efectuar la convocatoria y el llamado a inscripción para la cobertura de vacantes, corresponde aprobar los referidos Planes de Estudios, junto con el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial” y el “Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales”.
Que las propuestas efectuadas por la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera respecto Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial”, contenida en el Anexo IF-2023- 42226535-APN-DCYD#APNAC y al Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento Técnico” contenida en el Anexo IF-2023-42227133-APN-DCYD#APNAC, aseguran acabadamente la formación y capacitación de los aspirantes.
Que, en tal sentido, la Dirección de Capacitación y Desarrollo ha elaborado el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina del Curso de habilitación para el agrupamiento de Conservación Territorial y para el agrupamiento Técnico, que obra como Anexo IF-2023- 44284954-APN-DCYD#APNAC
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f), i) y u), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial”, el que obrante como Anexo IF-2023-42226535-APN-DCYD#APNAC, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento Técnico”, el que como Anexo IF-2023-42227133-APN-DCYD#APNAC, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el Régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial” y para el “Agrupamiento Técnico”. que como Anexo IF-2023- 44284954-APN-DCYD#APNAC forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Virginia Laura Gassibe - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
Resolución 266/2023
RESFC-2023-266-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2023
VISTO el Expediente EX-2023-42272145-APN-DGA#APNAC del registro de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Ley Nº 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales y sus modificatorias, el Decreto N° 647, de fecha 16 de septiembre de 2022, homologatorio del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Presidente del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 9, de fecha 14 de abril de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 647, de fecha 16 de septiembre de 2022, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, acordado en las Actas Acuerdo, de fechas 21 de junio y 21 de julio, ambas de 2022, obrantes en el Anexo IF-2022-77228023-APN-DNRYRT#MT, por el que se estableció un nuevo régimen de carrera para dicho personal.
Que conforme a lo dispuesto en el Artículo 29 del Anexo IF-2022-77228023-190-DNRYRT#MT al Decreto Nº 647/2022, mediante la Resolución Conjunta de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Presidente del Directorio de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES Nº 9/2023, se aprobó el “Régimen de Selección para el ingreso al “Agrupamiento de Conservación Territorial” y al “Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales”.
Que por el Artículo 39 de la referida resolución, se estableció que el curso de habilitación para el agrupamiento de Conservación Territorial tendrá una duración no menor a TRES (3) meses sobre la base de una Plan de Estudios de UN (1) trimestre, cuya aprobación, junto con el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina de los cursos serán establecidas por resolución de la ADMNISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que asimismo, en dicho Artículo, se estableció que el curso de habilitación para el “Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales tendrá una duración no menor a NUEVE (9) meses, sobre la base de una Plan de Estudios de TRES (3) trimestres, cuya aprobación, junto con el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina de los cursos serán establecidas por Resolución de la ADMNISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
Que previo a efectuar la convocatoria y el llamado a inscripción para la cobertura de vacantes, corresponde aprobar los referidos Planes de Estudios, junto con el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial” y el “Agrupamiento Técnico del Cuerpo de Guardaparques Nacionales”.
Que las propuestas efectuadas por la Dirección de Capacitación y Desarrollo de Carrera respecto Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial”, contenida en el Anexo IF-2023- 42226535-APN-DCYD#APNAC y al Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento Técnico” contenida en el Anexo IF-2023-42227133-APN-DCYD#APNAC, aseguran acabadamente la formación y capacitación de los aspirantes.
Que, en tal sentido, la Dirección de Capacitación y Desarrollo ha elaborado el régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina del Curso de habilitación para el agrupamiento de Conservación Territorial y para el agrupamiento Técnico, que obra como Anexo IF-2023- 44284954-APN-DCYD#APNAC
Que las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Asuntos Jurídicos han tomado las intervenciones de sus competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 23, inciso f), i) y u), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial”, el que obrante como Anexo IF-2023-42226535-APN-DCYD#APNAC, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Plan de Estudios del Curso de habilitación para el “Agrupamiento Técnico”, el que como Anexo IF-2023-42227133-APN-DCYD#APNAC, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Apruébase el Régimen de calificaciones, condiciones de cursado, asistencia y disciplina del Curso de habilitación para el “Agrupamiento de Conservación Territorial” y para el “Agrupamiento Técnico”. que como Anexo IF-2023- 44284954-APN-DCYD#APNAC forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Claudio David Gonzalez - Virginia Laura Gassibe - Natalia Gabriela Jauri - Federico Granato
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-