MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
BENEFICIO PREVISTO EN LA LEY N° 26.913
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
04-Sep-2015
Resumen:
ESTABLECESE QUE EN EL CASO DE QUE EL SOLICITANTE DEL BENEFICIO PREVISTO EN LA LEY N° 26.913 NO POSEA “SITUACION PROBADA”, LUEGO DE CUMPLIDA LA INTERVENCION DE LA DIRECCION NACIONAL ASUNTOS JURIDICOS EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.