INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 251/2021
RESOL-2021-251-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2021
VISTO el EX-2020-18727025-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741(t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, 90 de fecha 20 de enero de 2020, 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 9 de enero de 2017, y sus modificatorias, N° 166 de fecha 27 de marzo de 2020, y sus modificatorias, N°346 de fecha 02 de julio de 2020, N° 45 de fecha 7 de enero de 2021, y N° 250, de fecha 07 de marzo de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio nacional.
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.
Que con motivo de la pandemia decretada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) como consecuencia del coronavirus COVID-19, se dictó la ampliación de la emergencia sanitaria mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020 y se establecieron para toda la población de la República Argentina sucesivas medidas de “Aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) o de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (DISPO) según la jurisdicción de que se trate, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020.
Que habiendo sido de cumplimiento imposible la normativa que establece que las películas nacionales deben cumplir con su estreno en salas cinematográficas, dado el cierre de la totalidad de las mismas, con motivo de las medidas sanitarias dictadas por el Gobierno Nacional, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES por Resolución INCAA N° 166/2020 estableció un PROGRAMA DE ESTRENOS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA, destinado a permitir el acceso del público al cine nacional y a habilitar a los/as productores/as que pusieron a disposición sus películas a percibir el subsidio por otros medios de exhibición.
Que posteriormente se dictó la Resolución INCAA N° 346/2020, extendiendo la vigencia del PROGRAMA DE ESTRENOS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA o JUEVES ESTRENO hasta el día 31 de diciembre de 2020
Que por último se dictó la Resolución INCAA N° 45/2021 prorrogando la vigencia del mencionado programa hasta el día 31 de marzo de 2021 o hasta que el Gobierno Nacional autorizara formalmente la reapertura de las salas cinematográficas, lo que ocurriera primero.
Que, a la fecha, se ha autorizado la apertura de salas cinematográficas en la mayor parte de las jurisdicciones del territorio nacional, motivo por el cual, por Resolución INCAA N° 250/2021 se declaró la caducidad del Artículo 6° de la Resolución INCAA N°166/2020 y modificatorias por haberse cumplido la condición establecida en el artículo 2° de la Resolución INCAA N° 45/2021.
Que, en consecuencia, a los fines de percibir el subsidio por otros medios de exhibición, deberán estrenarse de manera simultánea y en la cantidad de salas cinematográficas que se establece para cada caso, según lo establece la Resolución INCAA N° 1/2017, y sus modificatorias.
Que tomando en consideración el aforo máximo y la necesidad de limitar los horarios de exhibición para posibilitar el cumplimiento de las normas sanitarias establecidas en los Protocolos, el estreno de las películas programadas en Cine.ar y Cine.ar Play, de conformidad con la Resolución INCAA N° 45/2021, corre el riesgo de no poder concretarse en los circuitos comerciales, resultando procedente ofrecer a sus productores la posibilidad de contar con el cine Gaumont y Espacios INCAA, permitiéndoles así acreditar los requisitos necesarios para percibir el subsidio por otros medios de exhibición.
Que la Subgerencia de Fomento a la Industria Audiovisual, la Subgerencia de Exhibición y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado intervención al respecto.
Que las facultades para la aprobación de esta resolución se encuentran comprendidas en Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y en los Decretos Nº 1536/2002 y Nº 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Para las películas afectadas por la caducidad del Artículo 6° de la Resolución INCAA N°166/2020 y modificatorias por haberse cumplido la condición establecida en el artículo 2° de la Resolución INCAA N° 45/2021, que cumplan con la programación acordada, exhibiéndose en las pantallas de Cine.ar con posterioridad al 4 de marzo de 2021 y soliciten el pago del subsidio por otras formas de exhibición luego de su estreno en salas cinematográficas, a los efectos de acreditar los requisitos establecidos en la normativa vigente, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES dispone la siguiente programación:
a. Películas de ficción de audiencia media: Gaumont, y CUATRO (4) Espacios INCAA, en forma simultánea
b. Películas documentales de audiencia media: Gaumont, y CUATRO (4) Espacios INCAA, en forma escalonada.
c. Películas de Convocatoria: Gaumont, y UN (1) Espacio INCAA, en forma simultánea
ARTÍCULO 2°.- Los/las productores/as de las películas afectadas por la caducidad de la norma mencionada en el Artículo anterior, que puedan optar por este beneficio, deberán solicitarlo al INCAA en forma fehaciente dentro de los tres (3) días de publicada la presente.
ARTÍCULO 3°.- Los/las Productores/as podrán además, estrenar la película en otras salas cinematográficas, u otros medios de exhibición, de manera simultánea.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Adalberto Puenzo
Resolución 251/2021
RESOL-2021-251-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 07/03/2021
VISTO el EX-2020-18727025-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley 17.741(t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos Nº 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, 90 de fecha 20 de enero de 2020, 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 9 de enero de 2017, y sus modificatorias, N° 166 de fecha 27 de marzo de 2020, y sus modificatorias, N°346 de fecha 02 de julio de 2020, N° 45 de fecha 7 de enero de 2021, y N° 250, de fecha 07 de marzo de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001), y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio nacional.
Que la actividad cinematográfica y audiovisual constituye un bien jurídico protegido en el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional, mediante el cual se tutela la identidad y pluralidad cultural, el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales.
Que con motivo de la pandemia decretada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) como consecuencia del coronavirus COVID-19, se dictó la ampliación de la emergencia sanitaria mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020 y se establecieron para toda la población de la República Argentina sucesivas medidas de “Aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO) o de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (DISPO) según la jurisdicción de que se trate, mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020.
Que habiendo sido de cumplimiento imposible la normativa que establece que las películas nacionales deben cumplir con su estreno en salas cinematográficas, dado el cierre de la totalidad de las mismas, con motivo de las medidas sanitarias dictadas por el Gobierno Nacional, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES por Resolución INCAA N° 166/2020 estableció un PROGRAMA DE ESTRENOS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA, destinado a permitir el acceso del público al cine nacional y a habilitar a los/as productores/as que pusieron a disposición sus películas a percibir el subsidio por otros medios de exhibición.
Que posteriormente se dictó la Resolución INCAA N° 346/2020, extendiendo la vigencia del PROGRAMA DE ESTRENOS DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA o JUEVES ESTRENO hasta el día 31 de diciembre de 2020
Que por último se dictó la Resolución INCAA N° 45/2021 prorrogando la vigencia del mencionado programa hasta el día 31 de marzo de 2021 o hasta que el Gobierno Nacional autorizara formalmente la reapertura de las salas cinematográficas, lo que ocurriera primero.
Que, a la fecha, se ha autorizado la apertura de salas cinematográficas en la mayor parte de las jurisdicciones del territorio nacional, motivo por el cual, por Resolución INCAA N° 250/2021 se declaró la caducidad del Artículo 6° de la Resolución INCAA N°166/2020 y modificatorias por haberse cumplido la condición establecida en el artículo 2° de la Resolución INCAA N° 45/2021.
Que, en consecuencia, a los fines de percibir el subsidio por otros medios de exhibición, deberán estrenarse de manera simultánea y en la cantidad de salas cinematográficas que se establece para cada caso, según lo establece la Resolución INCAA N° 1/2017, y sus modificatorias.
Que tomando en consideración el aforo máximo y la necesidad de limitar los horarios de exhibición para posibilitar el cumplimiento de las normas sanitarias establecidas en los Protocolos, el estreno de las películas programadas en Cine.ar y Cine.ar Play, de conformidad con la Resolución INCAA N° 45/2021, corre el riesgo de no poder concretarse en los circuitos comerciales, resultando procedente ofrecer a sus productores la posibilidad de contar con el cine Gaumont y Espacios INCAA, permitiéndoles así acreditar los requisitos necesarios para percibir el subsidio por otros medios de exhibición.
Que la Subgerencia de Fomento a la Industria Audiovisual, la Subgerencia de Exhibición y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado intervención al respecto.
Que las facultades para la aprobación de esta resolución se encuentran comprendidas en Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y en los Decretos Nº 1536/2002 y Nº 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Para las películas afectadas por la caducidad del Artículo 6° de la Resolución INCAA N°166/2020 y modificatorias por haberse cumplido la condición establecida en el artículo 2° de la Resolución INCAA N° 45/2021, que cumplan con la programación acordada, exhibiéndose en las pantallas de Cine.ar con posterioridad al 4 de marzo de 2021 y soliciten el pago del subsidio por otras formas de exhibición luego de su estreno en salas cinematográficas, a los efectos de acreditar los requisitos establecidos en la normativa vigente, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES dispone la siguiente programación:
a. Películas de ficción de audiencia media: Gaumont, y CUATRO (4) Espacios INCAA, en forma simultánea
b. Películas documentales de audiencia media: Gaumont, y CUATRO (4) Espacios INCAA, en forma escalonada.
c. Películas de Convocatoria: Gaumont, y UN (1) Espacio INCAA, en forma simultánea
ARTÍCULO 2°.- Los/las productores/as de las películas afectadas por la caducidad de la norma mencionada en el Artículo anterior, que puedan optar por este beneficio, deberán solicitarlo al INCAA en forma fehaciente dentro de los tres (3) días de publicada la presente.
ARTÍCULO 3°.- Los/las Productores/as podrán además, estrenar la película en otras salas cinematográficas, u otros medios de exhibición, de manera simultánea.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Adalberto Puenzo
e. 09/03/2021 N° 13036/21 v. 09/03/2021