RIESGOS DEL TRABAJO
SISTEMA ELECTRONICO DE RELEVAMIENTO GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Abr-2018
Resumen:
ESTABLECESE QUE LAS ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) DEBERAN CREAR Y MANTENER UN SISTEMA ELECTRONICO DE RELEVAMIENTO GENERAL DE RIESGOS LABORALES (R.G.R.L.), AL CUAL LOS EMPLEADORES OBLIGADOS PODRAN INGRESAR Y COMPLETAR, CON CARACTER DE DECLARACION JURADA, LOS DATOS DEL R.G.R.L. REQUERIDOS POR LAS RESOLUCIONES S.R.T. N° 463 DE FECHA 11 DE MAYO DE 2009 Y N° 741 DE FECHA 17 DE MAYO DE 2010, MODIFICATORIAS Y REGLAMENTARIAS.