Presidencia de la Nación

INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 2093/2003

Bs. As., 8/8/2003

VISTO la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 1248/01), y

CONSIDERANDO:

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto se refiere a la cinematografía nacional.

Que es necesario lograr instalar en el público una identidad única en la concepción estética del logo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que es atribución del Presidente del Organismo ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la cinematografía argentina, pudiendo a tal efecto emplear todo medio necesario para el logro de ese fin.

Que al respecto, corresponde se dicte Resolución, siendo suscripta la misma por el Vicepresidente del Organismo, atento encontrarse ausente el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, conforme lo establece el artículo 2 de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias (t.o. Decreto N° 1248/01).

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Dispónese la obligación de utilizar el diseño del logotipo animado único del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES en todas las películas de producción nacional que accedan a crédito y/o subsidio del Organismo.

ARTICULO 2° — En el caso de coproducciones, el productor está obligado a utilizar el isologo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, pudiendo optar por la imagen animada o la imagen estática.

ARTICULO 3° — A partir del día de la fecha de la presente Resolución se encuentra a disposición de los productores los soportes (archivos.avi.mpeg) conteniendo la totalidad de los diseños.

ARTICULO 4° — Las obligaciones impuestas por la presente Resolución comienzan a regir desde la fecha del dictado de la presente Resolución.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Lic. JORGE ALVAREZ, Vicepresidente, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 15/8 N° 422.956 v. 15/8/200

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