Presidencia de la Nación

LOTERIA NACIONAL - SOCIEDAD DEL ESTADO


LOTERIA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO

Resolución Nº 204/98

Bs. As., 2/10/98

VISTO la Resolución Nº 157/98 y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Resolución, se han dictado las Normas Complementarias del Decreto Nº 588/98.

Que dicha atribución de competencia, establecida por el Poder Ejecutivo de la Nación mediante el dictado de la norma de referencia, erige a la Lotería Nacional S.E. como autoridad de aplicación de dicha normativa, facultándola asimismo para el dictado de las normas complementarias y aclaratorias que sean pertinentes.

Que principios de razonabilidad hacen aconsejable modificar la redacción del ARTICULO 15º de la Resolución Nº 157/98, a fin de precisar un destino diferenciado entre permisos no asignados y aquellos que resulten asignados y no entregados por vencimiento del plazo establecido en las bases del concurso, sorteo o competencia.

Que ha tomado intervención la Comisión Especial Nº 100/98 y las Gerencias con competencia específica en la materia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 598/90 y su similar Nº 588/98.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LOTERIA NACIONAL S.E.

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Sustitúyese el ARTICULO 15º de la Resolución Nº 157/98 por el siguiente:

'ARTICULO 15º.— Todo premio que no fuere asignado a ganador alguno al vencimiento del plazo que se determine en las bases del concurso, sorteo o competencia, se considerará de propiedad del organizador.

Todo premio asignado y cuyo ganador no lo reclamare dentro del plazo que se determine en las bases del concurso, sorteo o competencia, deberá ser transferido por el organizador en propiedad a favor de la Secretaría de Desarrollo Social de la Nación dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir del primer día siguiente al del vencimiento de aquél.

ARTICULO 2º.— Por la Secretaría General, Regístrese y protocolícese. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.— JORGE JESUS LIMA, Vicepresidente Lotería Nacional S-E.— JORGE DI CARLO, Director Lotería Nacional S.E.— Dr. FELIX ANGEL GAIBISSO, Presidente Lotería Nacional S.E.— Lic. DANIEL JUAN OLMOS, Director Secretario Lotería Nacional S.E.

e.9/10 Nº 249.538 v. 9/10/98

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