Presidencia de la Nación

Resolución 201 / 2019

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL


ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

VALOR DE MOVILIDAD

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 07-Ago-2019
Resumen:

EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.160 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2019, ES DE 12,22 % (DOCE CON VEINTIDOS POR CIENTO), CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY N° 24.241. TOPE MINIMO, LOS RANGOS Y MONTOS DE LAS ASIGNACIONES FAMILIARES Y UNIVERSALES.

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