MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 20/2016
Buenos Aires, 07/11/2016
VISTO el Expediente S04:0041769/2016 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 27.192, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); la Decisión Administrativa N° 479 del 17 de mayo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 1º de la Ley Nº 27.192, se creó la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, ente descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 479/16 se procedió a aprobar la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.
Que por el Artículo 5º de la norma precitada se facultó al Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC) a aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE EMPLEO PUBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACION, la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la citada Decisión Administrativa.
Que por tal motivo resulta necesario diseñar y proponer una conformación organizativa para el segundo nivel operativo, con el objeto de cumplir con los objetivos estratégicos, funciones y atribuciones señalados por la Ley N° 27.192.
Que a partir del dictado de la Decisión Administrativa ya referenciada, las responsabilidades que eran propias de las Direcciones que componían el ex REGISTRO NACIONAL DE ARMAS son absorbidas en su totalidad y ampliadas por las unidades de primer nivel correspondientes.
Que en consecuencia y dada la directa vinculación del accionar de las referidas unidades con las competencias de la DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS resulta ineludible dar sustento técnico a las áreas mencionadas, dotándolas de la organización necesaria para su funcionamiento, fortaleciendo de esta manera aspectos estratégicos.
Que, por otra parte, deviene menester incorporar y derogar diversas unidades pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicho Organismo.
Que han tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO DE LA SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y el artículo 5º de la Decisión administrativa N° 479/16.
Por ello,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo a los Organigramas y Acciones que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º — Apruébanse las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al listado y Acciones que, como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º — Incorpóranse, y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.
ARTÍCULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. NATALIA GAMBARO, Directora Ejecutiva, Agencia Nacional de Materiales Controlados.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
ACCIONES:
1. Entender en la registración, permisos y habilitaciones sobre los materiales controlados regidos por la Ley N° 20.429 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 395/75 y 302/83.
2. Entender en la registración como Legítimos Usuarios, de las personas físicas y jurídicas previstas por la Ley N° 20.429 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 395/75 y 302/83, para realizar actos con los materiales controlados.
3. Implementar reglas de gestión de calidad y mejoramiento continuo en la actividad registral.
4. Supervisar el funcionamiento logístico y operativo de las Delegaciones y Agencias dependientes de la ANMaC, asistiendo al Director Nacional en la implementación de planes de funcionamiento y optimización del sistema registral y de modernización de las mismos.
5. Coordinar la implementación de programas de capacitación sobre las temáticas que resulten de incumbencia de la Dirección Nacional, dirigidos al personal de la Agencia, usuarios y a la comunidad en general.
6. Organizar y supervisar el funcionamiento de la Mesa General de Entradas, Salidas, y Archivo.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ACCIONES:
1. Proyectar, formular y ejecutar el presupuesto de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, en coordinación con las demás áreas e Instituciones, cumplimentando las políticas y lineamientos que, en materia presupuestaria, establezcan las autoridades.
2. Ejercer la dirección de los actos vinculados con la gestión contable, económica, financiera, impositiva y patrimonial, conforme con las decisiones que adopte la Dirección Ejecutiva de la ANMaC.
3. Entender en la administración de políticas de personal, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y la planificación y diseño organizacional.
4. Entender en las solicitudes y gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios.
5. Entender y coordinar con las distintas áreas de la ANMaC, los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamiento y todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas del organismo.
6. Entender en las tareas de mantenimiento, conservación y equipamiento de las instalaciones de la ANMaC.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
ACCIONES:
1. Coordinar y entender en los aspectos jurídicos de la actividad de la Agencia.
2. Ejercer la representación del Estado Nacional que le sea delegada por la Dirección Ejecutiva, en todos aquellos procesos que se desarrollen ante tribunales judiciales o arbitrales, o ante organismos con facultades jurisdiccionales en los que se debatan asuntos de competencia de la Agencia Nacional de Materiales Controlados.
3. Analizar, investigar y proponer sanciones administrativas en las conductas de los legítimos usuarios contrarias —prima facie— a la normativa vigente.
4. Dictaminar en cada caso puntual la procedencia de las peticiones formuladas por terceros al amparo de la norma vigente.
5. Elaborar proyectos de normas de alcance general y particular que le sean requeridos por la Dirección Ejecutiva o que demanden los trámites sometidos a su consideración.
6. Atender la aplicación de la normativa vigente en las solicitudes y presentaciones efectuadas por otras direcciones del organismo.
7. Atender la aplicación de la normativa vigente derivada de las distintas actas de inspección realizadas por este Organismo y demás autoridades locales de aplicación, emitiendo opinión fundada en todo aspecto jurídico en punto a la continuidad de las tramitaciones presentadas por el Organismo.
8. Investigar y proponer las medidas correctivas y las sanciones administrativas de toda conducta presuntamente contrataría a la normativa vigente, o bien proponer la intervención de la Unidad Fiscal de Investigación, en caso de detectarse la posible comisión de delitos de acción pública.
9. Labrar las actuaciones administrativas conforme el procedimiento establecido por la Ley Nº 20.429, sus decretos reglamentarios y demás procedimientos correspondientes.
10. Elaborar proyectos de dictámenes en el marco de su competencia especifica confeccionando el proyecto de acto administrativo pertinente cuando ello corresponda.
11. Brindar —en nombre y representación del organismo— la información requerida por las autoridades judiciales y administrativas competentes vinculadas a las actuaciones en trámite bajo se respectiva jurisdicción.
12. Disponer el registro en el Banco Nacional Informatizado de Datos de la ANMaC de los secuestros e inhabilitaciones que se dispongan.
13. Asentar en el Banco Nacional Informatizado de Datos los pedidos de secuestros e inhabilitaciones solicitados por los usuarios u ordenados por autoridad competente.
DIRECCIÓN DE SISTEMAS
ACCIONES:
(Acciones incorporadas por art. 2º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
1. Elaborar los sistemas y procesos necesarios para la implementación de infraestructura, que sean requeridos en el marco de las políticas definidas por la Dirección Ejecutiva para las diferentes áreas de la Agencia.
2. Cotejar el desarrollo y funcionamiento de los sistemas informáticos y las actualizaciones periódicas y necesarias de las aplicaciones y sistemas utilizados en el Organismo.
3. Desarrollar procesos de trazabilidad para los sistemas y recursos de la Agencia destinados a la integridad, confiabilidad y disponibilidad de los mismos.
4. Realizar los controles periódicos de vulnerabilidades de los sistemas, de los dispositivos de seguridad física, de integridad y de intrusión del centro de procesamiento de datos y adoptar las acciones necesarias para su solución.
5. Ejecutar las acciones necesarias para mantener el funcionamiento del software y hardware instalado en los servidores centrales y en las estaciones de trabajo y la continuidad de las telecomunicaciones.
6. Proponer y supervisar la implementación de políticas de seguridad informática del Organismo, basados en los estándare de cumplimiento que las regulan.
7. Administrar cuentas y derechos de acceso según perfiles de usuarios habilitados, efectuando controles cruzados.
DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION, RESGUARDO Y DESTRUCCION DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
ACCIONES:
1. Impartir directivas para el funcionamiento logístico de las inspecciones y verificaciones que debe realizar la ANMaC, respecto de todo tipo de materiales controlados, usuarios, instalaciones, lugares de guarda y almacenamiento, en todo el territorio nacional.
2. Supervisar el cumplimiento de las medidas destinadas a la guarda efectiva de los materiales controlados que por cualquier razón, fueran depositados en dependencias de la Agencia.
3. Entender en la administración del Banco Nacional de Materiales Controlados y depósitos que formen parte del mismo.
4. Proponer la implementación de medidas de trazabilidad de Materiales Controlados.
5. Entender en la implementación de procedimientos para certificar la idoneidad técnica de armas de fuego, municiones, componentes principales de las mismas, pólvoras, explosivos y afines, materiales de usos especiales, pirotecnia y otros materiales controlados.
6. Asistir al Director Nacional en la implementación de planes de agilización en la gestión de destrucción de Materiales controlados, así como en la optimización de los procesos administrativos, técnicos y logísticos del área.
7. Desarrollar y actualizar el Nomenclador Técnico Oficial (NTO) de armas de fuego y municiones.
(DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ESTRATEGICA, PREVENCION CIUDADANA Y COOPERACION INSTITUCIONAL, DIRECCION DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA, ACCIONES derogadas por art. 2º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
- COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES
- COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES
- COORDINACIÓN DE OPERACIONES
- COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES
- COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
- COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
- COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN DE SISTEMAS
- COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA
DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
- COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS
- COORDINACIÓN DE INSPECCIONES
- COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
- COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA
- COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
- COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES
ACCIONES:
1. Coordinar y desarrollar propuestas atinentes al funcionamiento operativo de la ANMaC, en los aspectos vinculados a la registración de explosivos, pirotecnia y sustancias químicas controladas y sus usuarios.
2. Elaborar verificaciones técnicas en colaboración con otras áreas de la ANMaC, con el objetivo de fiscalizar las instalaciones, procesos y aptitud de materiales explosivos y sustancias químicas controladas.
3. Mantener fluida comunicación con las otras Coordinaciones del Organismo, informando los cambios de naturaleza operativa o técnica que se produzcan.
4. Asignar el personal que requiera la Coordinación de Inspecciones para apoyo técnico.
COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES
ACCIONES:
1. Coordinar y elaborar propuestas atinentes al funcionamiento de los trámites especiales de la ANMaC, en los aspectos vinculados a ingreso y egreso de armas de fuego, municiones y materiales de usos especiales al territorio nacional.
2. Supervisar los trámites relacionados con Funcionarios, Embajadas, Personal de Fuerzas Armadas y de Seguridad, Secretaria de Inteligencia, Organismos oficiales, Entidades e instructores de tiro.
3. Aprobar u observar las solicitudes de credenciales en las que interviene la Coordinación de Autorizaciones especiales.
4. Evaluar, analizar y resolver aquellos casos en los que exista un impedimento registral operativo para la prosecución del trámite.
COORDINACIÓN DE OPERACIONES
ACCIONES:
1. Coordinar y elaborar propuestas atinentes al funcionamiento operativo de la ANMaC, en los aspectos vinculados a armas de fuego, municiones y materiales de usos especiales.
2. Coordinar los aspectos vinculados al correcto funcionamiento de los circuitos y plazos establecidos para las tramitaciones de usuarios individuales, colectivos y comerciales de armas de fuego, municiones y materiales de usos especiales.
3. Verificar el procesamiento y registración de las solicitudes de agencias de seguridad, transportadoras de caudales, bancos, entidades financieras y organismos oficiales.
4. Proponer a la Dirección Nacional la realización de inspecciones cursándose las comunicaciones pertinentes a la Coordinación de Inspecciones.
COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES
ACCIONES:
1. Coordinar aspectos vinculados al funcionamiento de las Delegaciones y Agencias Registrales en materia de recursos humanos, materiales, equipamiento e insumos necesarios para su correcto funcionamiento.
2. Organizar y ejecutar las tareas necesarias para la correcta verificación de los trámites procesados por las Delegaciones y Agencias Registrales.
3. Proponer a la Dirección Nacional la implementación de planes de modernización de gestión de trámites de las Delegaciones y Agencias Registrales.
4. Planificar y ejecutar reportes periódicos vinculados a la gestión de las reparticiones bajo órbita de la coordinación.
COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL
ACCIONES:
1. Diseñar, administrar, evaluar y monitorear los procesos de control operativo sobre los movimientos comerciales de materiales controlados desde el ingreso al circuito registral hasta su salida definitiva.
2. Entender en el proceso de bajas registrales. Proponer modificaciones a los procesos vigentes con el fin de lograr la minimización de errores.
3. Entender en las definiciones, procedimientos y actos concernientes a la fabricación y registro de productos, armas de fuego, municiones, componentes principales de las mismas y demás materiales controlados y de usos especiales contenidos en las Leyes números 20.429, 25.938, 26.216, sus prórrogas y modificatorias.
4. Establecer controles detectivos en materia de movimientos comerciales, asignaciones de Código Único de Identificación de Materiales controlados (C.U.I.M) y vencimientos de usuarios.
5. Efectuar controles sobre la documentación de respaldo utilizada para el otorgamiento de autorizaciones de importación/exportación, fabricación, guarda, distribución y venta de materiales controlados con el fin de verificar el cumplimiento de las normas vigentes.
6. Evaluar y controlar las asignaciones de Código Único de Identificación de Materiales controlados (C.U.I.M).
7. Efectuar un seguimiento de los vencimientos de Legajos, con el objetivo de prevenir situaciones irregulares y procurar la regularización registral de los usuarios, materiales e instalaciones que se encontraren vencidos.
8. Realizar la trazabilidad del origen registral de los materiales controlados.
9. Administrar y controlar las bajas registrales.
10. Colaborar en la definición de los puntos de control de los procesos del Organismo.
11. Proponer validaciones en los sistemas informáticos y aplicaciones del Organismo.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
ACCIONES:
1. Gestionar y coordinar todo lo relacionado con la formulación, ejecución y rendición de cuentas del presupuesto nacional asignado al organismo.
2. Impulsar la gestión económica, presupuestaria, financiera, contable e impositiva del organismo.
3. Entender en los procesos que impacten en la obtención de recursos, formular flujos de fondos e implementar políticas de eficiencia en la aplicación de los mismos.
4. Entender en la registración de los bienes patrimoniales.
5. Efectuar adelante los procesos de gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios que se requieran.
COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES:
1. Implementar, controlar y ejecutar los sistemas de selección, adiestramiento, capacitación, y empleo de recursos humanos asignados al organismo.
2. Entender en la administración de los recursos humanos del organismo y de las relaciones laborales.
3. Impulsar los procesos de liquidación de haberes necesarios para el correcto cumplimiento de las responsabilidades del organismo en la materia.
4. Instrumentar los sumarios administrativos que deban implementarse a solicitud de las autoridades del organismo.
5. Controlar los sistemas de horarios, ausentismos, licencias, horas extras y todo lo relacionado al cumplimiento de las tareas del personal del organismo, como así también lo relacionado a las coberturas de riesgo de trabajo.
6. Ejecutar y controlar el sistema de evaluación de personal en el cumplimiento de sus tareas.
7. Conformar y resguardar los legajos individuales del personal que presta servicios en el organismo.
8. Producir información gerencial de haberes y recursos humanos.
9. Ejecutar los sistemas de asistencia y apoyo médico al personal del organismo.
COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA
ACCIONES:
(Acciones sustituidas por art. 4º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
1. Implementar los sistemas, procesos, soluciones informáticas y tecnologías elaborados por la Dirección de Sistemas.
2. Colaborar en la definición de los aspectos técnicos necesarios para la gestión de las adquisiciones, reparación, baja y/o disponibilidad final de recursos informáticos, y en la confección de las especificaciones técnicas relacionadas con las contrataciones respectivas.
3. Formular las propuestas de modernización de la plataforma informática, para su actualización permanente.
4. Proponer y mantener un plan de contingencias ante posibles fallas físicas y/o lógicas de los recursos y los procedimientos de seguridad, para el continuo funcionamiento de los sistemas informáticos, conforme los estándares establecidos por la Dirección de Sistemas.
5. Verificar el funcionamiento de los recursos informáticos y sus actualizaciones, para la disponibilidad de los mismos.
6. Asistir y asesorar a los usuarios de sistemas informáticos en la operación que realizan del software y el hardware de las estaciones de trabajo.
7. Implementar los sistemas de soporte de la información contenida en el Banco Nacional Informatizado de Datos (BNID) y en el Registro Único de Materiales Controlados (conforme artículo 7 de la Ley Nº 27.192).
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS
ACCIONES:
1. Asistir en la verificación técnica de armas de fuego, municiones y componentes principales de las mismas regulados por la Ley N° 20.429 sus normas reglamentarias y modificatorias.
2. Asistir en los procedimientos técnicos respecto de las autorizaciones para la fabricación, importación e introducción al país de armas de fuego, municiones, componentes principales y sus respectivos registros de productos.
3. Desarrollar y coordinar la integración de criterios técnicos con las distintas áreas de la Agencia, como así también con otros Organismos Nacionales e Internacionales a fin de garantizar la fiabilidad de los datos en cuanto a la identificación y rastreo de los materiales controlados.
4. Implementar pruebas de aptitud técnica sobre productos homologados y efectuar asimismo análisis de calidad de productos explosivos, pirotecnia, sustancias químicas y demás materiales controlados, en coordinación con otras áreas de la Agencia.
5. Realizar ensayos de material y productos respecto de los cuales la ANMaC resulte autoridad de contralor.
COORDINACIÓN DE INSPECCIONES
ACCIONES:
1. Coordinar el funcionamiento logístico de las inspecciones y verificaciones que debe realizar la Agencia, en los aspectos vinculados a la fiscalización, registración y control de todo tipo de usuarios, materiales controlados por la Ley Nº 20.429, Delegaciones y Agencias Registrales.
2. Coordinar toda verificación con personal de Aduana, la autoridad local de fiscalización y el importador / exportador.
3. Supervisar la calidad de los informes realizados por el personal interviniente en inspecciones y/o verificaciones, a los fines de análisis de la Dirección Nacional o de la Coordinación solicitante.
4. Desarrollar e implementar planificaciones destinadas a la programación regional de inspecciones y verificaciones en todo el país, en interacción con otras áreas de la ANMaC.
5. Promover planes de capacitación y especialización del plantel de Inspectores, para optimizar los objetivos propuestos por la Dirección Nacional.
COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN
ACCIONES:
1. Coordinar los procesos técnicos y logísticos de destrucción de materiales controlados por la Ley N° 20.429 sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias.
2. Coordinar los procedimientos para la recepción, resguardo, restitución y traslados, de los materiales controlados secuestrados, incautados o decomisados por las autoridades competentes.
3. Entender en el resguardo de los materiales controlados que hayan sido recepcionados en el marco del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, todo ello en conjunto con el área responsable de la recepción de los mismos.
4. Mantener una comunicación eficiente con las autoridades judiciales, jurisdiccionales y demás Coordinaciones del Organismo, a los fines de la correcta aplicación de las Leyes 20.429, 25.938 y 26.216, sus prórrogas, modificatorias y reglamentaciones.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA
ACCIONES:
1. Proponer el Plan Estratégico de Acción del organismo tomando en consideración los aportes y observaciones realizados por las áreas integrantes de las distintas Direcciones Nacionales.
2. Diseñar, dentro del Plan Estratégico de Acción, un proyecto de regularización de usuarios y materiales controlados.
3. Proponer en forma coordinada con los demás sectores de la Dirección Nacional de Administración, Asuntos Jurídicos y Modernización, el Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada.
4. Diseñar en el marco del Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada, programas de concientización y sensibilización sobre desarme, control de la proliferación de armas de fuego en la sociedad y violencia de género.
5. Proponer campañas de comunicación que aseguren la eficiencia en los canales de comunicación, con un alcance efectivo en la población de las políticas implementadas por el organismo.
COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES:
1. Recepcionar y dar curso a las notificaciones institucionales de las diferentes organizaciones internacionales, organismos del sector público nacional, provincial, municipal y organizaciones civiles y empresariales.
2. Formular convenios de cooperación y asistencia con distintos organismos e instituciones públicas y privadas y organizaciones de la sociedad civil en el marco de las acciones formuladas por la Dirección Nacional en la Ley Nº 27.192.
3. Establecer mecanismos de enlace con los distintos Poderes del Estado Nacional y Provincial para el control, retiro, depósito y destrucción de los materiales controlados.
4. Redactar proyectos de cooperación Internacional, vinculados con las competencias de la Agencia.
5. Asistir a las autoridades, que determine la Dirección, en la investigación y persecución penal de los delitos relacionados con las armas de fuego, municiones y demás materiales controlados.
6. Realizar propuestas de política criminal, dentro de las competencias del organismo, que se integren a las llevadas a cabo por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
ACCIONES:
1. Realizar el monitoreo de la ejecución del Plan Estratégico de Acción del Organismo y del Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada, proponiendo a la Dirección Nacional las correcciones que correspondieran.
2. Efectuar mediciones de resultados e impactos que surjan de la implementación del Plan Estratégico de Acción del organismo y del Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada, presentando dicha información a la Dirección Nacional para su publicación oportuna.
3. Analizar los procedimientos del organismo proponiendo modificaciones que coadyuven a facilitar el acceso de la ciudadanía a la información, optimizando la transparencia de los procesos, la participación y el control ciudadano.
4. Evaluar y analizar las normas que rigen en la materia y realizar propuestas de modificaciones que hagan al control y la eficiencia de la gestión.
5. Confeccionar manuales de procedimientos y compendio de normativas que agilicen las acciones y faciliten los controles en un marco de eficiencia y economicidad.
6. Diagramar e implementar una base de datos que permita mantener información actualizada, relevante y confiable de acceso público que surja de las actividades de prevención llevadas a cabo por el organismo.
7. Realizar informes estadísticos y proyectos de investigación para elevar a las autoridades, sobre la información que surja de la base de datos del organismo y de los datos primarios y secundarios de diferentes entidades con incumbencia en la materia.
8. Diseñar e implementar actividades de capacitación en materia de prevención de la violencia armada, tráfico ilícito de armas y demás competencias del organismo.
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 20/2016
Buenos Aires, 07/11/2016
VISTO el Expediente S04:0041769/2016 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 27.192, el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); la Decisión Administrativa N° 479 del 17 de mayo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 1º de la Ley Nº 27.192, se creó la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, ente descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y privado.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 479/16 se procedió a aprobar la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.
Que por el Artículo 5º de la norma precitada se facultó al Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS (ANMaC) a aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION DE EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE EMPLEO PUBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACION, la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la citada Decisión Administrativa.
Que por tal motivo resulta necesario diseñar y proponer una conformación organizativa para el segundo nivel operativo, con el objeto de cumplir con los objetivos estratégicos, funciones y atribuciones señalados por la Ley N° 27.192.
Que a partir del dictado de la Decisión Administrativa ya referenciada, las responsabilidades que eran propias de las Direcciones que componían el ex REGISTRO NACIONAL DE ARMAS son absorbidas en su totalidad y ampliadas por las unidades de primer nivel correspondientes.
Que en consecuencia y dada la directa vinculación del accionar de las referidas unidades con las competencias de la DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS resulta ineludible dar sustento técnico a las áreas mencionadas, dotándolas de la organización necesaria para su funcionamiento, fortaleciendo de esta manera aspectos estratégicos.
Que, por otra parte, deviene menester incorporar y derogar diversas unidades pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicho Organismo.
Que han tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO DE LA SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94 y el artículo 5º de la Decisión administrativa N° 479/16.
Por ello,
LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de acuerdo a los Organigramas y Acciones que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º — Apruébanse las Coordinaciones que se detallan, de acuerdo al listado y Acciones que, como Anexos III y IV, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3º — Incorpóranse, y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios.
ARTÍCULO 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la jurisdicción 40 - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. NATALIA GAMBARO, Directora Ejecutiva, Agencia Nacional de Materiales Controlados.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3°
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
(Nota Infoleg: las modificaciones en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
INCORPORACIONES
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
(Nota Infoleg: las modificaciones en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')
INCORPORACIONES
Unidad organizativa | Nivel |
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES | |
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES | III |
COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES | IV |
COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES | IV |
COORDINACIÓN DE OPERACIONES | IV |
COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES | IV |
COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL | IV |
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN | |
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS | III |
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN | III |
COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS | IV |
COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS | IV |
COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA | IV |
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS | |
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN | III |
COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS | IV |
COORDINACIÓN DE INSPECCIONES | IV |
COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN | IV |
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL | |
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA | III |
COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA | IV |
COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL | IV |
COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN | IV |
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DEROGACIONES
DEROGACIONES
Unidad organizativa | Nivel |
EX RENAR | |
Dirección Técnico Registral | II |
Dirección de Fiscalización y Control de Gestión | II |
Delegación Técnico Administrativa | III |
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
(Anexo sustituido por art. 1º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
ANEXO II
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
ACCIONES:
1. Entender en la registración, permisos y habilitaciones sobre los materiales controlados regidos por la Ley N° 20.429 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 395/75 y 302/83.
2. Entender en la registración como Legítimos Usuarios, de las personas físicas y jurídicas previstas por la Ley N° 20.429 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 395/75 y 302/83, para realizar actos con los materiales controlados.
3. Implementar reglas de gestión de calidad y mejoramiento continuo en la actividad registral.
4. Supervisar el funcionamiento logístico y operativo de las Delegaciones y Agencias dependientes de la ANMaC, asistiendo al Director Nacional en la implementación de planes de funcionamiento y optimización del sistema registral y de modernización de las mismos.
5. Coordinar la implementación de programas de capacitación sobre las temáticas que resulten de incumbencia de la Dirección Nacional, dirigidos al personal de la Agencia, usuarios y a la comunidad en general.
6. Organizar y supervisar el funcionamiento de la Mesa General de Entradas, Salidas, y Archivo.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
ACCIONES:
1. Proyectar, formular y ejecutar el presupuesto de la Agencia Nacional de Materiales Controlados, en coordinación con las demás áreas e Instituciones, cumplimentando las políticas y lineamientos que, en materia presupuestaria, establezcan las autoridades.
2. Ejercer la dirección de los actos vinculados con la gestión contable, económica, financiera, impositiva y patrimonial, conforme con las decisiones que adopte la Dirección Ejecutiva de la ANMaC.
3. Entender en la administración de políticas de personal, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y la planificación y diseño organizacional.
4. Entender en las solicitudes y gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios.
5. Entender y coordinar con las distintas áreas de la ANMaC, los trámites administrativos necesarios para la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamiento y todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y metas del organismo.
6. Entender en las tareas de mantenimiento, conservación y equipamiento de las instalaciones de la ANMaC.
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
ACCIONES:
1. Coordinar y entender en los aspectos jurídicos de la actividad de la Agencia.
2. Ejercer la representación del Estado Nacional que le sea delegada por la Dirección Ejecutiva, en todos aquellos procesos que se desarrollen ante tribunales judiciales o arbitrales, o ante organismos con facultades jurisdiccionales en los que se debatan asuntos de competencia de la Agencia Nacional de Materiales Controlados.
3. Analizar, investigar y proponer sanciones administrativas en las conductas de los legítimos usuarios contrarias —prima facie— a la normativa vigente.
4. Dictaminar en cada caso puntual la procedencia de las peticiones formuladas por terceros al amparo de la norma vigente.
5. Elaborar proyectos de normas de alcance general y particular que le sean requeridos por la Dirección Ejecutiva o que demanden los trámites sometidos a su consideración.
6. Atender la aplicación de la normativa vigente en las solicitudes y presentaciones efectuadas por otras direcciones del organismo.
7. Atender la aplicación de la normativa vigente derivada de las distintas actas de inspección realizadas por este Organismo y demás autoridades locales de aplicación, emitiendo opinión fundada en todo aspecto jurídico en punto a la continuidad de las tramitaciones presentadas por el Organismo.
8. Investigar y proponer las medidas correctivas y las sanciones administrativas de toda conducta presuntamente contrataría a la normativa vigente, o bien proponer la intervención de la Unidad Fiscal de Investigación, en caso de detectarse la posible comisión de delitos de acción pública.
9. Labrar las actuaciones administrativas conforme el procedimiento establecido por la Ley Nº 20.429, sus decretos reglamentarios y demás procedimientos correspondientes.
10. Elaborar proyectos de dictámenes en el marco de su competencia especifica confeccionando el proyecto de acto administrativo pertinente cuando ello corresponda.
11. Brindar —en nombre y representación del organismo— la información requerida por las autoridades judiciales y administrativas competentes vinculadas a las actuaciones en trámite bajo se respectiva jurisdicción.
12. Disponer el registro en el Banco Nacional Informatizado de Datos de la ANMaC de los secuestros e inhabilitaciones que se dispongan.
13. Asentar en el Banco Nacional Informatizado de Datos los pedidos de secuestros e inhabilitaciones solicitados por los usuarios u ordenados por autoridad competente.
DIRECCIÓN DE SISTEMAS
ACCIONES:
(Acciones incorporadas por art. 2º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
1. Elaborar los sistemas y procesos necesarios para la implementación de infraestructura, que sean requeridos en el marco de las políticas definidas por la Dirección Ejecutiva para las diferentes áreas de la Agencia.
2. Cotejar el desarrollo y funcionamiento de los sistemas informáticos y las actualizaciones periódicas y necesarias de las aplicaciones y sistemas utilizados en el Organismo.
3. Desarrollar procesos de trazabilidad para los sistemas y recursos de la Agencia destinados a la integridad, confiabilidad y disponibilidad de los mismos.
4. Realizar los controles periódicos de vulnerabilidades de los sistemas, de los dispositivos de seguridad física, de integridad y de intrusión del centro de procesamiento de datos y adoptar las acciones necesarias para su solución.
5. Ejecutar las acciones necesarias para mantener el funcionamiento del software y hardware instalado en los servidores centrales y en las estaciones de trabajo y la continuidad de las telecomunicaciones.
6. Proponer y supervisar la implementación de políticas de seguridad informática del Organismo, basados en los estándare de cumplimiento que las regulan.
7. Administrar cuentas y derechos de acceso según perfiles de usuarios habilitados, efectuando controles cruzados.
DIRECCION NACIONAL DE FISCALIZACION, RESGUARDO Y DESTRUCCION DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
ACCIONES:
1. Impartir directivas para el funcionamiento logístico de las inspecciones y verificaciones que debe realizar la ANMaC, respecto de todo tipo de materiales controlados, usuarios, instalaciones, lugares de guarda y almacenamiento, en todo el territorio nacional.
2. Supervisar el cumplimiento de las medidas destinadas a la guarda efectiva de los materiales controlados que por cualquier razón, fueran depositados en dependencias de la Agencia.
3. Entender en la administración del Banco Nacional de Materiales Controlados y depósitos que formen parte del mismo.
4. Proponer la implementación de medidas de trazabilidad de Materiales Controlados.
5. Entender en la implementación de procedimientos para certificar la idoneidad técnica de armas de fuego, municiones, componentes principales de las mismas, pólvoras, explosivos y afines, materiales de usos especiales, pirotecnia y otros materiales controlados.
6. Asistir al Director Nacional en la implementación de planes de agilización en la gestión de destrucción de Materiales controlados, así como en la optimización de los procesos administrativos, técnicos y logísticos del área.
7. Desarrollar y actualizar el Nomenclador Técnico Oficial (NTO) de armas de fuego y municiones.
(DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ESTRATEGICA, PREVENCION CIUDADANA Y COOPERACION INSTITUCIONAL, DIRECCION DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA, ACCIONES derogadas por art. 2º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
ANEXO III
(Anexo sustituido por art. 3º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
(Anexo sustituido por art. 3º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
- COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES
- COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES
- COORDINACIÓN DE OPERACIONES
- COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES
- COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
- COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
- COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
DIRECCIÓN DE SISTEMAS
- COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA
DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
- COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS
- COORDINACIÓN DE INSPECCIONES
- COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
- COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA
- COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
- COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
ANEXO IV
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN, GESTIÓN REGISTRAL Y DELEGACIONES
COORDINACIÓN DE EXPLOSIVOS, PÓLVORAS Y AFINES
ACCIONES:
1. Coordinar y desarrollar propuestas atinentes al funcionamiento operativo de la ANMaC, en los aspectos vinculados a la registración de explosivos, pirotecnia y sustancias químicas controladas y sus usuarios.
2. Elaborar verificaciones técnicas en colaboración con otras áreas de la ANMaC, con el objetivo de fiscalizar las instalaciones, procesos y aptitud de materiales explosivos y sustancias químicas controladas.
3. Mantener fluida comunicación con las otras Coordinaciones del Organismo, informando los cambios de naturaleza operativa o técnica que se produzcan.
4. Asignar el personal que requiera la Coordinación de Inspecciones para apoyo técnico.
COORDINACIÓN DE AUTORIZACIONES ESPECIALES
ACCIONES:
1. Coordinar y elaborar propuestas atinentes al funcionamiento de los trámites especiales de la ANMaC, en los aspectos vinculados a ingreso y egreso de armas de fuego, municiones y materiales de usos especiales al territorio nacional.
2. Supervisar los trámites relacionados con Funcionarios, Embajadas, Personal de Fuerzas Armadas y de Seguridad, Secretaria de Inteligencia, Organismos oficiales, Entidades e instructores de tiro.
3. Aprobar u observar las solicitudes de credenciales en las que interviene la Coordinación de Autorizaciones especiales.
4. Evaluar, analizar y resolver aquellos casos en los que exista un impedimento registral operativo para la prosecución del trámite.
COORDINACIÓN DE OPERACIONES
ACCIONES:
1. Coordinar y elaborar propuestas atinentes al funcionamiento operativo de la ANMaC, en los aspectos vinculados a armas de fuego, municiones y materiales de usos especiales.
2. Coordinar los aspectos vinculados al correcto funcionamiento de los circuitos y plazos establecidos para las tramitaciones de usuarios individuales, colectivos y comerciales de armas de fuego, municiones y materiales de usos especiales.
3. Verificar el procesamiento y registración de las solicitudes de agencias de seguridad, transportadoras de caudales, bancos, entidades financieras y organismos oficiales.
4. Proponer a la Dirección Nacional la realización de inspecciones cursándose las comunicaciones pertinentes a la Coordinación de Inspecciones.
COORDINACIÓN DE DELEGACIONES Y AGENCIAS REGISTRALES
ACCIONES:
1. Coordinar aspectos vinculados al funcionamiento de las Delegaciones y Agencias Registrales en materia de recursos humanos, materiales, equipamiento e insumos necesarios para su correcto funcionamiento.
2. Organizar y ejecutar las tareas necesarias para la correcta verificación de los trámites procesados por las Delegaciones y Agencias Registrales.
3. Proponer a la Dirección Nacional la implementación de planes de modernización de gestión de trámites de las Delegaciones y Agencias Registrales.
4. Planificar y ejecutar reportes periódicos vinculados a la gestión de las reparticiones bajo órbita de la coordinación.
COORDINACIÓN DE CONTROL REGISTRAL
ACCIONES:
1. Diseñar, administrar, evaluar y monitorear los procesos de control operativo sobre los movimientos comerciales de materiales controlados desde el ingreso al circuito registral hasta su salida definitiva.
2. Entender en el proceso de bajas registrales. Proponer modificaciones a los procesos vigentes con el fin de lograr la minimización de errores.
3. Entender en las definiciones, procedimientos y actos concernientes a la fabricación y registro de productos, armas de fuego, municiones, componentes principales de las mismas y demás materiales controlados y de usos especiales contenidos en las Leyes números 20.429, 25.938, 26.216, sus prórrogas y modificatorias.
4. Establecer controles detectivos en materia de movimientos comerciales, asignaciones de Código Único de Identificación de Materiales controlados (C.U.I.M) y vencimientos de usuarios.
5. Efectuar controles sobre la documentación de respaldo utilizada para el otorgamiento de autorizaciones de importación/exportación, fabricación, guarda, distribución y venta de materiales controlados con el fin de verificar el cumplimiento de las normas vigentes.
6. Evaluar y controlar las asignaciones de Código Único de Identificación de Materiales controlados (C.U.I.M).
7. Efectuar un seguimiento de los vencimientos de Legajos, con el objetivo de prevenir situaciones irregulares y procurar la regularización registral de los usuarios, materiales e instalaciones que se encontraren vencidos.
8. Realizar la trazabilidad del origen registral de los materiales controlados.
9. Administrar y controlar las bajas registrales.
10. Colaborar en la definición de los puntos de control de los procesos del Organismo.
11. Proponer validaciones en los sistemas informáticos y aplicaciones del Organismo.
DIRECCIÓN NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN, ASUNTOS JURÍDICOS Y MODERNIZACIÓN
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN
COORDINACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
ACCIONES:
1. Gestionar y coordinar todo lo relacionado con la formulación, ejecución y rendición de cuentas del presupuesto nacional asignado al organismo.
2. Impulsar la gestión económica, presupuestaria, financiera, contable e impositiva del organismo.
3. Entender en los procesos que impacten en la obtención de recursos, formular flujos de fondos e implementar políticas de eficiencia en la aplicación de los mismos.
4. Entender en la registración de los bienes patrimoniales.
5. Efectuar adelante los procesos de gestión de contrataciones, compras y locaciones de bienes y servicios que se requieran.
COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
ACCIONES:
1. Implementar, controlar y ejecutar los sistemas de selección, adiestramiento, capacitación, y empleo de recursos humanos asignados al organismo.
2. Entender en la administración de los recursos humanos del organismo y de las relaciones laborales.
3. Impulsar los procesos de liquidación de haberes necesarios para el correcto cumplimiento de las responsabilidades del organismo en la materia.
4. Instrumentar los sumarios administrativos que deban implementarse a solicitud de las autoridades del organismo.
5. Controlar los sistemas de horarios, ausentismos, licencias, horas extras y todo lo relacionado al cumplimiento de las tareas del personal del organismo, como así también lo relacionado a las coberturas de riesgo de trabajo.
6. Ejecutar y controlar el sistema de evaluación de personal en el cumplimiento de sus tareas.
7. Conformar y resguardar los legajos individuales del personal que presta servicios en el organismo.
8. Producir información gerencial de haberes y recursos humanos.
9. Ejecutar los sistemas de asistencia y apoyo médico al personal del organismo.
COORDINACIÓN DE INFORMÁTICA
ACCIONES:
(Acciones sustituidas por art. 4º de la Resolución Nº 15/2020 de la Agencia Nacional de Materiales Controlados B.O. 16/6/2020)
1. Implementar los sistemas, procesos, soluciones informáticas y tecnologías elaborados por la Dirección de Sistemas.
2. Colaborar en la definición de los aspectos técnicos necesarios para la gestión de las adquisiciones, reparación, baja y/o disponibilidad final de recursos informáticos, y en la confección de las especificaciones técnicas relacionadas con las contrataciones respectivas.
3. Formular las propuestas de modernización de la plataforma informática, para su actualización permanente.
4. Proponer y mantener un plan de contingencias ante posibles fallas físicas y/o lógicas de los recursos y los procedimientos de seguridad, para el continuo funcionamiento de los sistemas informáticos, conforme los estándares establecidos por la Dirección de Sistemas.
5. Verificar el funcionamiento de los recursos informáticos y sus actualizaciones, para la disponibilidad de los mismos.
6. Asistir y asesorar a los usuarios de sistemas informáticos en la operación que realizan del software y el hardware de las estaciones de trabajo.
7. Implementar los sistemas de soporte de la información contenida en el Banco Nacional Informatizado de Datos (BNID) y en el Registro Único de Materiales Controlados (conforme artículo 7 de la Ley Nº 27.192).
DIRECCIÓN NACIONAL DE FISCALIZACIÓN, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN DE MATERIALES CONTROLADOS
DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
COORDINACIÓN DE CONTROL TÉCNICO Y ENSAYOS
ACCIONES:
1. Asistir en la verificación técnica de armas de fuego, municiones y componentes principales de las mismas regulados por la Ley N° 20.429 sus normas reglamentarias y modificatorias.
2. Asistir en los procedimientos técnicos respecto de las autorizaciones para la fabricación, importación e introducción al país de armas de fuego, municiones, componentes principales y sus respectivos registros de productos.
3. Desarrollar y coordinar la integración de criterios técnicos con las distintas áreas de la Agencia, como así también con otros Organismos Nacionales e Internacionales a fin de garantizar la fiabilidad de los datos en cuanto a la identificación y rastreo de los materiales controlados.
4. Implementar pruebas de aptitud técnica sobre productos homologados y efectuar asimismo análisis de calidad de productos explosivos, pirotecnia, sustancias químicas y demás materiales controlados, en coordinación con otras áreas de la Agencia.
5. Realizar ensayos de material y productos respecto de los cuales la ANMaC resulte autoridad de contralor.
COORDINACIÓN DE INSPECCIONES
ACCIONES:
1. Coordinar el funcionamiento logístico de las inspecciones y verificaciones que debe realizar la Agencia, en los aspectos vinculados a la fiscalización, registración y control de todo tipo de usuarios, materiales controlados por la Ley Nº 20.429, Delegaciones y Agencias Registrales.
2. Coordinar toda verificación con personal de Aduana, la autoridad local de fiscalización y el importador / exportador.
3. Supervisar la calidad de los informes realizados por el personal interviniente en inspecciones y/o verificaciones, a los fines de análisis de la Dirección Nacional o de la Coordinación solicitante.
4. Desarrollar e implementar planificaciones destinadas a la programación regional de inspecciones y verificaciones en todo el país, en interacción con otras áreas de la ANMaC.
5. Promover planes de capacitación y especialización del plantel de Inspectores, para optimizar los objetivos propuestos por la Dirección Nacional.
COORDINACIÓN DE LOGÍSTICA, RESGUARDO Y DESTRUCCIÓN
ACCIONES:
1. Coordinar los procesos técnicos y logísticos de destrucción de materiales controlados por la Ley N° 20.429 sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias.
2. Coordinar los procedimientos para la recepción, resguardo, restitución y traslados, de los materiales controlados secuestrados, incautados o decomisados por las autoridades competentes.
3. Entender en el resguardo de los materiales controlados que hayan sido recepcionados en el marco del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, todo ello en conjunto con el área responsable de la recepción de los mismos.
4. Mantener una comunicación eficiente con las autoridades judiciales, jurisdiccionales y demás Coordinaciones del Organismo, a los fines de la correcta aplicación de las Leyes 20.429, 25.938 y 26.216, sus prórrogas, modificatorias y reglamentaciones.
DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, PREVENCIÓN CIUDADANA Y COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y PREVENCIÓN CIUDADANA
ACCIONES:
1. Proponer el Plan Estratégico de Acción del organismo tomando en consideración los aportes y observaciones realizados por las áreas integrantes de las distintas Direcciones Nacionales.
2. Diseñar, dentro del Plan Estratégico de Acción, un proyecto de regularización de usuarios y materiales controlados.
3. Proponer en forma coordinada con los demás sectores de la Dirección Nacional de Administración, Asuntos Jurídicos y Modernización, el Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada.
4. Diseñar en el marco del Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada, programas de concientización y sensibilización sobre desarme, control de la proliferación de armas de fuego en la sociedad y violencia de género.
5. Proponer campañas de comunicación que aseguren la eficiencia en los canales de comunicación, con un alcance efectivo en la población de las políticas implementadas por el organismo.
COORDINACIÓN DE COOPERACIÓN INSTITUCIONAL
ACCIONES:
1. Recepcionar y dar curso a las notificaciones institucionales de las diferentes organizaciones internacionales, organismos del sector público nacional, provincial, municipal y organizaciones civiles y empresariales.
2. Formular convenios de cooperación y asistencia con distintos organismos e instituciones públicas y privadas y organizaciones de la sociedad civil en el marco de las acciones formuladas por la Dirección Nacional en la Ley Nº 27.192.
3. Establecer mecanismos de enlace con los distintos Poderes del Estado Nacional y Provincial para el control, retiro, depósito y destrucción de los materiales controlados.
4. Redactar proyectos de cooperación Internacional, vinculados con las competencias de la Agencia.
5. Asistir a las autoridades, que determine la Dirección, en la investigación y persecución penal de los delitos relacionados con las armas de fuego, municiones y demás materiales controlados.
6. Realizar propuestas de política criminal, dentro de las competencias del organismo, que se integren a las llevadas a cabo por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
COORDINACIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
ACCIONES:
1. Realizar el monitoreo de la ejecución del Plan Estratégico de Acción del Organismo y del Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada, proponiendo a la Dirección Nacional las correcciones que correspondieran.
2. Efectuar mediciones de resultados e impactos que surjan de la implementación del Plan Estratégico de Acción del organismo y del Plan de Acción de Prevención de la Violencia Armada, presentando dicha información a la Dirección Nacional para su publicación oportuna.
3. Analizar los procedimientos del organismo proponiendo modificaciones que coadyuven a facilitar el acceso de la ciudadanía a la información, optimizando la transparencia de los procesos, la participación y el control ciudadano.
4. Evaluar y analizar las normas que rigen en la materia y realizar propuestas de modificaciones que hagan al control y la eficiencia de la gestión.
5. Confeccionar manuales de procedimientos y compendio de normativas que agilicen las acciones y faciliten los controles en un marco de eficiencia y economicidad.
6. Diagramar e implementar una base de datos que permita mantener información actualizada, relevante y confiable de acceso público que surja de las actividades de prevención llevadas a cabo por el organismo.
7. Realizar informes estadísticos y proyectos de investigación para elevar a las autoridades, sobre la información que surja de la base de datos del organismo y de los datos primarios y secundarios de diferentes entidades con incumbencia en la materia.
8. Diseñar e implementar actividades de capacitación en materia de prevención de la violencia armada, tráfico ilícito de armas y demás competencias del organismo.
e. 10/11/2016 N° 84569/16 v. 10/11/2016