SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL
TRABAJADORES ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, ENTIDADES Y ORGANISMOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Mayo-2016
Resumen:
FIJASE PARA TODOS LOS TRABAJADORES COMPRENDIDOS EN EL REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO APROBADO POR LA LEY N° 20.744 (T.O. 1976) Y SUS MODIFICATORIAS, DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Y DE TODAS LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS EN QUE EL ESTADO NACIONAL ACTUE COMO EMPLEADOR, UN SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL EXCLUIDAS LAS ASIGNACIONES FAMILIARES, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 140 DE LA LEY N° 24.013 Y SUS MODIFICATORIAS.